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Documento BOE-A-1996-22260

Resolución de 24 de septiembre de 1996, de la Universidad de Extremadura, por la que se declara desierta la provisión de un puesto de trabajo, mediante el procedimiento de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 9 de octubre de 1996, páginas 30247 a 30247 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1996-22260

TEXTO ORIGINAL

Mediante resolución del Rectorado de esta Universidad, de fecha 3 de junio de 1996 («Boletín Oficial del Estado» del 15), fue convocado el puesto de trabajo de Vicegerente, para ser provisto mediante el sistema de libre designación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 3), de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y en el capítulo III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado;

Vistas las solicitudes presentadas y recabado el informe a que se hace referencia el artículo 54 del Real Decreto 364/1995 citado,

Este Rectorado, en uso de las competencias otorgadas en los Estatutos de la Universidad de Extremadura, aprobados por el Real Decreto 1069/1991, de 5 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 10), declara desierta la provisión del puesto de trabajo convocado.

Contra la presente resolución, que es definitiva, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo máximo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, y en concordancia con lo establecido en el artículo 22 de la Ley Orgánica 11/1983, de Reforma Universitaria.

No obstante lo anterior, y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, será requisito imprescindible para interponer recurso contencioso-administrativo el comunicarlo previamente a este Rectorado.

Cáceres, 24 de septiembre de 1996.-El Rector, César Chaparro Gómez.

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