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Documento BOE-A-1996-22253

Resolución de 30 de septiembre de 1996, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se ofertan vacantes a los aspirantes que han superado las pruebas selectivas, por promoción interna, en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 9 de octubre de 1996, páginas 30240 a 30245 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-22253

TEXTO ORIGINAL

Hechas públicas por la Comisión Permanente de Selección las relaciones definitivas de aprobados en las pruebas selectivas por promoción interna para ingreso en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado convocadas por Resolución de esta Secretaría de Estado para la Administración Pública de 18 de diciembre de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 28), procede dar cumplimiento a la base 11 de la convocatoria.

En consecuencia, esta Secretaría de Estado, a propuesta de la Dirección General de la Función Pública, resuelve:

Primero.-1. Los aspirantes que figuran en las relaciones definitivas de aprobados presentarán en el Registro de la Dirección General de la Función Pública (calle María de Molina, 50, 28006 Madrid) o en las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título de Bachiller Superior, Bachiller Unificado y Polivalente, Bachiller LOGSE, Formación Profesional de segundo grado o equivalente o, en su defecto, certificación académica acreditativa de haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del respectivo título o, en su caso, certificación acreditativa de tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años o certificación administrativa de poseer una antigüedad igual o superior a diez años en el Cuerpo o Escala del grupo D.

b) Los aspirantes que hayan aprobado por el cupo de reserva de discapacitados deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o de las Comunidades Autónomas que acredite tal condición, e igualmente deberán presentar certificado de los citados órganos o de la Administración Sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de tareas y funciones correspondientes.

2. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujere que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2 de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Segundo.-Las vacantes ofertadas son las que figuran en el anexo I de esta Resolución, que corresponden a las necesidades de personal del Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática en la Administración General del Estado.

Tercero.-Los aspirantes aprobados remitirán, junto con la documentación indicada en el apartado primero de esta Resolución, la petición de destino a la vista de las vacantes ofertadas o la solicitud de que se les adjudique destino en el puesto que vinieren desempeñando en la fecha de publicación de la convocatoria o, en su caso, en el puesto obtenido posteriormente con carácter definitivo dentro del intervalo de niveles de puestos de trabajo correspondientes al grupo D, según está definido por el artículo 71 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, del Reglamento General de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional.

La petición de destinos deberá efectuarse, necesariamente, en los modelos que figuran como anexos a esta Resolución.

Cuarto.-En el supuesto de que los aspirantes aprobados opten porque se les adjudique destino en el puesto de trabajo que vinieren desempeñando, deberán cumplimentar el anexo II de esta Resolución. En el caso de que opten por solicitar vacantes de las que figuran en la lista anexa, la petición de destino deberá efectuarse en el modelo de solicitud que figura como anexo III de esta Resolución, siguiendo las instrucciones para su cumplimentación que figuran en el mismo.

Quinto.-1. De conformidad con la base 1.4 de la convocatoria, la adjudicación de destinos a los aspirantes que opten por solicitar vacantes del anexo I, se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso de selección.

2. Quienes opten por solicitar que se les adjudique destino en el puesto de trabajo que actualmente vinieren desempeñando, quedarán excluidos del sistema de adjudicación de destinos por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.

3. A los aspirantes que no presenten solicitud de destino dentro del plazo señalado en el apartado primero de esta Resolución se les adjudicará destino en alguna de las vacantes de la lista que resulten sin adjudicar, una vez atendidas las peticiones de los demás aspirantes.

Sexto.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 y demás preceptos concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, previa la preceptiva comunicación a este Ministerio, según previene el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que comunico a V. I.

Madrid, 30 de septiembre de 1996.-El Secretario de Estado para la Administración Pública, Francisco Villar García-Moreno.

Ilmo. Sr. Director general de la Función Pública.

(ANEXOS OMITIDOS)

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