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Documento BOE-A-1996-22095

Resolución de 9 de septiembre de 1996, de la Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se acuerda tener incoado expediente para la delimitación del entorno de protección del bien de interés cultural con categoría de monumento iglesia de San Esteban, en Corullón (León).

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 5 de octubre de 1996, páginas 29849 a 29849 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-1996-22095

TEXTO ORIGINAL

La iglesia de San Esteban, en Corullón (León), fue declarada monumento histórico-artístico por Decreto de 3 de junio de 1931 («Gaceta» del 4).

En aplicación de la disposición adicional primera de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, pasa a tener la consideración y a denominarse bien de interés cultural.

Procede, por tanto, adecuar la citada declaración a las prescripciones impuestas en el artículo 11.2 de la citada Ley, delimitando el entorno afectado por la declaración.

Vista la propuesta del Servicio de Conservación,

Esta Dirección General, en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero; en el Real Decreto 3019/1983, de 21 de septiembre; en el Decreto 122/1983, de 15 de diciembre, y de conformidad con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que desarrolla parcialmente la Ley del Patrimonio Histórico Español, acuerda:

Primero.-Tener por incoado expediente para delimitar el entorno de protección del bien de interés cultural, con categoría de monumento, a favor de la iglesia de San Esteban, en Corullón (León), según la descripción y delimitación que se publica como anexo a la presente Resolución, y que figura en el plano unido al expediente.

Segundo.-Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación vigente.

Tercero.-Hacer saber al Ayuntamiento de Corullón (León) que según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, no podrá llevarse a cabo ningún tipo de obra en el entorno delimitado sin la aprobación previa del proyecto correspondiente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, o, si es el caso, por la Dirección General.

Cuarto.-Que la presente Resolución se publique en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y en el «Boletín Oficial del Estado», y se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.

Valladolid, 9 de septiembre de 1996.-El Director general, Carlos de la Casa Martínez.

ANEXO

Delimitación del entorno de protección de la iglesia de San Esteban, en Corullón (León)

Descripción

La iglesia, según consta en la lápida fundacional situada en el muro septentrional de la torre, fue consagrada a San Esteban el 16 de diciembre de 1086.

En el siglo XVII sufrió importantes reformas, época a la que corresponde la cabecera.

El edificio se caracteriza por su austeridad constructiva y el uso de sillajero y lajas de pizarra, reservando el granito para zonas nobles.

A los pies destaca la torre-pórtico, que cobija una interesantísima portada, muy similar a la de las Platerías de Santiago de Compostela, de la que es contemporánea.

Delimitación del entorno de protección

Límite norte: Comenzando en el límite noreste de la parcela 12 de la manzana 91.663, una línea que sigue por el lindero norte de dicha parcela y cruza la calle San José, para encontrarse con la parcela 4 de la manzana 90.676, bordeándola por su cara norte hasta una distancia de 27 metros de la calle San José, donde se encuentra el límite oeste.

Límite oeste: Desde el punto anterior, una línea que une éste con el lindero oeste de la parcela 7 de la manzana 90.642.

Límite sur: Desde el vértice suroeste, una línea que bordea los linderos sur de las parcelas 7, 8, 18 y 16 de la manzana 90.642, continuando por el lindero norte de la parcela 1 de la manzana 90.632, siguiendo esta dirección hasta encontrarse con el límite este.

Límite este: Desde el vértice noreste de la delimitación, una línea en dirección sur que transcurre bordeando los linderos este de las parcelas 12, 13 y 14 de la manzana 91.663; 24 y 25 de la manzana 92.649, y el vértice suroeste de la parcela 23 de la misma manzana, siguiendo hasta encontrarse con el límite.

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