Existiendo vacante en este Departamento y siendo necesaria la provisión de la misma, según lo previsto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en uso de las atribuciones que tiene conferidas por Real Decreto 3364/1995, de 10 de marzo, este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Convocar, para su provisión, por libre designación, la vacante que figura relacionada en el Anexo I, señalándose que podrán acceder a la misma los funcionarios que reúnan los requisitos que para el puesto de trabajo se especifican.
Segundo.-Los interesados dirigirán sus solicitudes, que deberán ajustarse al modelo que figura en el Anexo II, al ilustrísimo señor Subsecretario de Cultura, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y las presentarán en el Registro General del Ministerio (plaza del Rey, 1, Madrid), o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Tercero.-A las citadas solicitudes deberán acompañar currículum vitae en el que harán constar los títulos académicos que posean, puestos de trabajo desempeñados y demás circunstancias y méritos que estimen oportuno poner de manifiesto.
Madrid, 22 de diciembre de 1995.-P. D. (Orden de 9 de junio de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 11).-El Director general de Servicios, Andrés Mata Ontalba.
Ilmo. Sr. Director general de Servicios.
Número de orden: 1. Puesto de trabajo: Secretaría General Técnica; Subdirección General de Propiedad Intelectual; Registrador general (CUC0400008280010101). Nivel: 29. Grupo: A. Complemento específico: 1.871.772. Administración: AE. Localidad y provincia: Madrid. Requisitos: Licenciado/a en Derecho; conocimiento en legislación de Propiedad Intelectual; conocimientos y experiencia en Derecho civil, mercantil y administrativo; experiencia en gestión y tramitación de expedientes administrativos; conocimientos de informática.
(ANEXO II OMITIDO)
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