Visto el expediente de indulto de don Raimundo Ramón de la Rocha Sanjuán, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de Instrucción número 3 de Barcelona, en sentencia de fecha 13 de febrero de 1987, como autor de un delito de robo con violencia e intimidación en las personas en grado de tentativa, a la pena de 100.000 pesetas de multa, y otro delito de utilización ilegítima de vehículos de motor ajeno, a la pena de privación del permiso de conducir o del derecho a obtenerlo durante seis meses, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1982, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de diciembre de 1995,
Vengo en indultar a don Raimundo Ramón de la Rocha Sanjuán la pena de privación del permiso de conducir pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 22 de diciembre de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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