En el recurso contencioso-administrativo número 1.058-94, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Thermotechnic Ibérica, Sociedad Anónima», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 6 de septiembre de 1993 y de 10 de julio de 1994, se ha dictado, con fecha 1 de marzo de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Ramón Rodríguez Nogueira, en nombre y representación de la entidad mercantil "Thermotechnic Ibérica, Sociedad Anónima", contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de fecha 6 de septiembre de 1993, por la que se denegó la marca 1.593.885, denominada "Unical", y contra la Resolución del mismo organismo, de 10 de julio de 1994, que confirmó aquélla, los que debemos confirmar por estimarles acordes a derecho, sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de julio de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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