El apartado dos del artículo 2 del Real Decreto 1125/1991, de 22 de julio, de reestructuración de la Subsecretaría del entonces Ministerio de Obras Públicas y Transportes, dispone que la Presidencia de los Órganos Colegiados Interministeriales «Comisión Permanente del Hormigón», «Comisión Permanente del Cemento» y «Comisión Permanente para el Estudio y Redacción de Normas de Materiales de Construcción» corresponde al Secretario general técnico, que podrá delegarla en el Subdirector general de Normativa Técnica y Análisis Económico.
Los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, de reestructuración de Departamentos ministeriales, y 839/1996, de 10 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Ministerios de Asuntos Exteriores, de Justicia, de Defensa, de Fomento, de Educación y Cultura, de Trabajo y Asuntos Sociales, de Industria y Energía, de Agricultura, Pesca y Alimentación, de Administraciones Públicas, de Sanidad y Consumo, y de Medio Ambiente, han venido a dotar a la Administración General del Estado de una nueva organización y de la consiguiente atribución de competencias a cada uno de los Departamentos ministeriales afectados.
Posteriormente, el Real Decreto 1886/1996, de 2 de agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento, ha desarrollado y precisado la organización general y funciones de las Unidades de este Departamento, hasta el nivel de Subdirección General.
Como consecuencia de lo anterior, la Presidencia de los mencionados Órganos colegiados ha pasado a corresponder al Secretario general técnico del Ministerio de Fomento, manteniendo la facultad de delegar en el ahora Subdirector general de Normativa y Estudios Técnicos y Análisis Económico.
En su virtud, con el fin de simplificar las tareas administrativas y agilizar el funcionamiento de dichas Comisiones Interministeriales, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en uso de la autorización conferida en el Real Decreto 1125/1991, ya citado, resuelvo:
Primero.-Delegar en el Subdirector general de Normativa y Estudios Técnicos y Análisis Económico de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Fomento la Presidencia de los Órganos Colegiados Interministeriales que seguidamente se indican:
a) Comisión Permanente del Hormigón.
b) Comisión Permanente del Cemento, y
c) Comisión Permanente para el Estudio y Redacción de las Normas de Materiales de Construcción.
Segundo.-La delegación de competencias a la que se refiere la presente Resolución podrá ser revocada, en cualquier momento, por el mismo Órgano que la confiere.
Tercero.-Esta Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 9 de septiembre de 1996.-El Secretario general técnico, Pablo Mayor Menéndez.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Normativa y Estudios Técnicos y Análisis Económico.
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