En el recurso contencioso-administrativo número 1.774/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Banco Vitalicio de España, Compañía Anónima de Seguros y Reaseguros», contra acuerdo del Registro de la Propiedad Industrial, de 5 de marzo de 1992 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 29 de abril de 1993, se ha dictado, con fecha 22 de febrero de 1996, por el citado Tribunal, sentencia declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación procesal de la entidad "Banco Vitalicio de España, Compañía Anónima de Seguros y Reaseguros", contra las Resoluciones impugnadas, declarando que las mismas son conformes al ordenamiento jurídico, por la que se confirman; sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 28 de junio de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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