En el recurso contencioso-administrativo número 1.137/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Ifa Española, Sociedad Anónima», contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 4 de enero de 1993 y 28 de enero de 1994, se ha dictado, con fecha 29 de febrero de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor Rodríguez Montaut, en nombre y representación de «Ifa Española, Sociedad Anónima», contra las resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 4 de enero de 1993, confirmada en reposición por la resolución de 28 de enero de 1994, que acordó la inscripción en el Registro de la marca internacional número 545.626, «Ifa», para amparar productos de la clase 42 del Nomenclátor, debemos declarar y declaramos tales resoluciones ajustadas a Derecho, sin hacer especial imposición de las costas causadas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 28 de junio de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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