En el recurso contencioso-administrativo número 547-94-04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Societe de Constructions Electriques de la Seine C.E.S., Sociedad Anónima», contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 15 de diciembre de 1992 y 27 de enero de 1994, se ha dictado, con fecha 12 de marzo de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Rafael Rodríguez Montaut, en nombre y representación de la entidad ociete de Constructions Electriques de la Seine C.E.S.'' contra la resolución dictada por la Oficina Española de Patentes y Marcas, de fecha 15 de diciembre de 1992, confirmada en reposición por resolución de fecha 27 de enero de 1994, y, en consecuencia, debemos declarar y declaramos la conformidad de las mismas con el ordenamiento jurídico, debiendo ser confirmadas.
No se hace un especial pronunciamiento sobre las costas procesales causadas en esta instancia, al no apreciarse temeridad ni mala fe en ninguna de las partes.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 28 de junio de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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