Visto el expediente de indulto de don Diego Pavón Girón, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sala Segunda del Tribunal Supremo, en sentencia de fecha 31 de enero de 1991, revocatoria de recurso de casación interpuesto contra otra de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Málaga, de fecha 27 de abril de 1989, como autor de un delito de robo con violencia e intimidación en las personas, a la pena de un año y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1988; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de julio de 1996,
Vengo en indultar a don Diego Pavón Girón la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 26 de julio de 1996.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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