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Documento BOE-A-1996-20386

Decreto 137/1996, de 11 de julio, por el que se deniega la segregación de parte del término municipal de Villafranca de Ebro para su incorporación al municipio de Osera de Ebro.

Publicado en:
«BOE» núm. 217, de 7 de septiembre de 1996, páginas 27291 a 27292 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Aragón
Referencia:
BOE-A-1996-20386

TEXTO ORIGINAL

El Ayuntamiento de Osera de Ebro, en sesión celebrada en fecha 3 de marzo de 1995, acordó solicitar la iniciación de un expediente de alteración de términos municipales, con la finalidad de incorporar a su término municipal 2.914 hectáreas del denominado Monte Osera, pertenecientes al municipio de Villafranca de Ebro,

Esta Dirección General, en cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, dio traslado del expediente para su informe al Ayuntamiento de Villafranca de Ebro y a la Diputación Provincial de Zaragoza.

El Ayuntamiento de Villafranca, mediante escrito de alegaciones de 18 de julio de 1995, manifestó su oposición al expediente por considerar la no concurrencia de motivos de naturaleza económica o administrativa que lo amparen y por resultar, al mismo tiempo, lesivo para sus intereses.

La Diputación Provincial de Zaragoza, en sesión plenaria de 22 de septiembre de 1995, acordó informar negativamente la solicitud de segregación pretendida por el Ayuntamiento de Osera de Ebro.

A la vista de la documentación obrante en el expediente, la Sección de Demarcación Territorial y Organizaciones Supramunicipales informó negativamente el expediente, remitiéndolo al Consejo Local de Aragón, que en sesión de 20 de marzo de 1996 acordó informar desfavorablemente la segregación de la parte del término municipal de Villafranca de Ebro denominada «Monte Osera» para su incorporación al municipio de Osera de Ebro.

Finalmente, el Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, con fecha 11 de abril de 1996, formuló propuesta desestimatoria al Gobierno de Aragón, que fue enviada junto con el resto del expediente para su informe a la Comisión Jurídica Asesora de Aragón, que en sesión celebrada el 4 de julio de 1996 evacuó el preceptivo informe en el sentido de considerar procedente denegar la pretensión del Ayuntamiento de Osera de Ebro.

Asimismo, se di conocimiento de la tramitación del expediente a la Administración del Estado.

Considerando, por tanto, el expediente promovido por el Ayuntamiento de Osera de Ebro, las alegaciones formuladas por el Ayuntamiento de Villafranca de Ebro, los informes desfavorables de la Diputación Provincial de Zaragoza y la Sección de Demarcación Territorial y Organizaciones Supramunicipales de la Dirección General de Política Interior y Administración Local y el Consejo Local de Aragón, y de conformidad con el dictamen emitido por la Comisión Jurídica Asesora de Aragón, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 11 de julio de 1996, dispongo:

Artículo único.

Se deniega la petición del Ayuntamiento de Osera de Ebro de alteración de términos municipales, por segregación de parte del término municipal de Villafranca de Ebro para su incorporación al del municipio de Osera de Ebro. Zaragoza, 11 de julio de 1996.-El Presidente, Santiago Lanzuela Marina.-El Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, Manuel Giménez Abad.

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