Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, con fecha 15 de noviembre de 1995, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.807/1994, promovido por don Manuel Jiménez Pagán, sobre resolución contrato de auxilio económico, sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que en atención a lo expuesto debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Manuel Jiménez Pagán, contra las Resoluciones del Presidente del Instituto de Reforma y Desarrollo Agrario de 15 de febrero de 1994, a que se refieren los presentes autos y en su virtud los declaramos conformes a Derecho en los extremos aquí debatidos y todo ello sin expresa condena en costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la precitada sentencia.
Madrid, 10 de enero de 1996.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, José Manuel Sánchez San Miguel.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Secretario general de Desarrollo Rural y Conservación de la Naturaleza.
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