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Documento BOE-A-1996-18718

Resolución de 15 de julio de 1996, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el recurso contencioso-administrativo número 352/1994, interpuesto por doña Mercedes del Brío Alonso.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 12 de agosto de 1996, páginas 24918 a 24919 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1996-18718

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dictado una sentencia el 17 de febrero de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 352/1994, interpuesto por doña Mercedes del Brío Alonso, contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de 23 de diciembre de 1993, que desestimó el recurso planteado contra la Resolución de la Delegación Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Canarias, de 27 de octubre de 1993, por la que pasó a realizar sus funciones de apoyo general en la Dependencia de Gestión Tributaria.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Primero.-Estimar en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Mercedes del Brío Alonso contra las resoluciones citadas en los antecedentes de hecho de esta sentencia, que se anulan por ser contrarias a Derecho.

Segundo.-Reponer las actuaciones administrativas al momento inmediatamente anterior al pronunciamiento de la resolución decisoria del expediente, debiendo dictarse ésta, en los términos que procedan, suficientemente razonadas.

Tercero.-No imponer las costas del recurso.»

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución, en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Madrid, 15 de julio de 1996.-El Director general, Jesús Bermejo Ramos.

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