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Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Albacete), con fecha 26 de marzo de 1996, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 152/94, promovido por doña Aurelia Piqueras Rodríguez, sobre retirada temporal de tierras de cultivos herbáceos; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallo: Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María José Bello Serrano, en nombre y representación de doña Aurelia Piqueras Rodríguez, contra las Resoluciones de la Dirección Provincial del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 26 de abril de 1993 y de la Dirección General del SENPA, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 7 de marzo de 1994, sin costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 10 de julio de 1996.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).
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