Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección 7.ª) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el recurso número 730/1994, interpuesto por don Armando Flors Mateu, contra Resolución de 6 de octubre de 1993, del entonces Director general de Administración Penitenciaria, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la citada autoridad de 10 de agosto de 1992, desestimatoria de su solicitud de que se le reconocieran 16 trienios y no 14, con abono de las diferencias retributivas resultantes desde agosto de 1991, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección 7.ª) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha dictado sentencia de 17 de enero de 1996, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Armando Flors Mateu contra la resolución presunta de la Dirección General de Administraciones Penitenciarias, desestimatoria del recurso de reposición que había interpuesto el recurrente contra el acuerdo expreso anterior, de fecha 10 de agosto de 1992, que desestimó su petición sobre reconocimiento de 16 trienios y no 14, con abono de las diferencias retributivas resultantes desde agosto de 1991, debemos declarar y declaramos esta resolución tácita ajustada a Derecho.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla, en sus propios términos, la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I., para su conocimiento y efectos.
Madrid, 8 de julio de 1996.-El Director general, Angel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Suddirector general de Personal.
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