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Documento BOE-A-1996-17507

Orden de 10 de julio de 1996 por la que se dispone la publicación para general conocimiento y cumplimiento del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 3/1086/1993, promovido por doña Rosa María Carra Blanco y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 30 de julio de 1996, páginas 23550 a 23550 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-17507

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 23 de marzo de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 3/1086/1993, en el que son partes, de una, como demandantes, doña Rosa María Carra Blanco y otros, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 14 de abril de 1993, que desestimaba los recursos de reposición interpuestos contra la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, de fecha 10 de julio de 1992, sobre integración en el Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contienen el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso número 1086/1993, interpuesto por la representación de doña Rosa María Carra Blanco, doña María José Ávila Casuso, don Luis Ordóñez de la Barraicua y Perelli y don Graciano Pedruelo Romero contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 14 de abril de 1993, por la que se desestimaban los recursos de reposición formulados frente a la Resolución de 10 de julio de 1992, por la que se aprobaron las relaciones definitivas de los aspirantes que se habían de integar en el Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Informción, actos que se confirman por ajustarse al ordenamiento jurídico.

Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 10 de julio de 1996.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Jaime Rodríguez-Arana Muñoz.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.

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