En el recurso contencioso-administrativo número 1/465/1993, interpuesto por la representación legal de la Confederación de Sindicatos Independientes y Sindical de Funcionarios (CSI-CSIF), contra el Real Decreto 480/1993, de 2 de abril, por el que se integra en el Régimen Especial de la Seguridad Social, el Régimen Especial de los Funcionarios de la Administración Local, se ha dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Séptima), con fecha 15 de diciembre de 1995, sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación procesal de la Confederación de Sindicatos Independientes y Sindical de Funcionarios (CSI-CSIF), contra el Real Decreto 480/1993, de 2 de abril, por el que se integra en el Régimen Especial de la Seguridad Social, el Régimen Especial de los Funcionarios de la Administración Local, sin hacer pronunciamiento especial de condena en materia de costas».
El Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de junio de 1996 ha dispuesto, conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.
Madrid, 1 de julio de 1996.-P. D. (Orden de 1 de octubre de 1993), el Subsecretario, Juan Junquera González.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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