En el recurso contencioso-administrativo número 319/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «La Equitativa, Sociedad Anónima», contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 25 de enero de 1994, se ha dictado, con fecha 9 de febrero de 1996 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor Codes Feijoo en nombre de ''La Equitativa, Sociedad Anónima'' de seguros sobre la vida, debemos declarar y declaramos ajustado a derecho el acuerdo de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 25 de enero de 1994 y la inscripción en el Registro de la marca número 1.548.145 ''The Equitable Life'' y ello sin hacer declaración en cuanto a las costas de este recurso.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 14 de junio de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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