En el recurso contencioso-administrativo número 1.011/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «José Sánchez Peñate, Sociedad Anónima», contra la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 2 de diciembre de 1991, y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 28 de mayo de 1993, se ha dictado, con fecha 15 de diciembre de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la compañía "José Sánchez Peñate, Sociedad Anónima", contra los acuerdos de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fechas 2 de diciembre de 1991 y 28 de mayo de 1993, en cuanto se refieren a la concesión de la marca "Penaten" para productos de las clases 29 y 30, debemos declarar y declaramos dichos acuerdos como conformes al ordenamiento jurídico en tales concretos conceptos, debiendo por tanto inscribirse la marca número 535.400, "Penaten" para productos de las clases 29 y 30.
Sin expresa imposición de las costas del procedimiento.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 17 de mayo de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española del Patentes y Marcas.
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