En el recurso contencioso-administrativo número 345/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por doña María Jacoba Yelmo Poderoso, contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de agosto de 1992 y 21 de octubre de 1993, se ha dictado, con fecha 14 de diciembre de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: En atención a lo expuesto la Sala ha decidido desestimar la demanda interpuesta por doña Jacoba Yelmo Poderoso, contra los actos administrativos recogidos en el fundamento jurídico primero. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de abril de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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