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De conformidad con la propuesta elevada por esa Secretaría General relativa a la ratificación del reconocimiento previo como Agrupación de Productores de animales vivos y carnes de las especies porcina (Ibérica), ovina y vacuna, conforme al Reglamento (CEE) número 1.360/78, del Consejo de 19 de junio, a favor de «Acorex S. Coop. Ltda.», de Mérida (Badajoz), dispongo:
Artículo 1.
Se ratifica el reconocimiento previo como Agrupación de Productores de «Acorex S. Coop. Ltda.», de Mérida (Badajoz), conforme al Reglamento (CEE) 1.360/78, del Consejo de 19 de junio, por el que se regula el reconocimiento como Agrupación de Productores y sus Uniones en el sector agrario.
Artículo 2.
La Secretaría General de Producciones y Mercados Agrarios procederá a la ampliación, para el producto animales vivos y carnes de las especies porcina (Ibérica), ovina y vacuna, de la inscripción en el Registro General de Agrupaciones de Productores y su Uniones en el que «Acorex S. Coop. Ltda.», figura con el número 061.
Artículo 3.
La concesión de los beneficios en virtud de los artículos 10 y 11 del Reglamento (CEE) número 1.360/78, se condiciona a las disponibilidades presupuestarias.
Madrid, 28 de diciembre de 1995.
ATIENZA SERNA
Ilmo. Sr. Secretario general de Producciones y Mercados Agrarios.
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