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Documento BOE-A-1996-14696

Resolución de 21 de mayo de 1996, de la Dirección de la Escuela Oficial de Turismo de Madrid, por la que se convocan los exámenes de ingreso para el curso 1996/1997 y se establecen los plazos para la matricula.

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 25 de junio de 1996, páginas 20574 a 20576 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1996-14696

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la Orden de 16 de julio de 1991 («Boletín Oficial del Estado» número 179), por la que se regulan las pruebas de aptitud para el acceso a los estudios de enseñanzas turísticas especializadas, esta Dirección resuelve lo siguiente:

Primero.-El ingreso en la Escuela Oficial de Turismo, así como en los centros no estatales adscritos a la misma se realizará tras la superación de pruebas de aptitud.

Segundo.-Podrán concurrir a esta convocatoria los aspirantes que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:

1. Haber superado con evaluación positiva el Curso de Orientación Universitaria (COU) o el bachillerato establecido en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

2. Estar en posesión del título de Técnico Especialista correspondiente a la Formación Profesional de segundo grado en las ramas de: «Hostelería y Turismo», «Servicios a la Comunidad», «Administrativa y Comercial» o «Imagen y Sonido», así como cualquier otra rama de acceso a las enseñanzas de Técnico en Empresas y Actividades Turísticas.

3. Podrán acceder directamente a la Escuela Oficial de Turismo y a los centros no estatales adscritos a la misma quienes acrediten:

a) Haber superado las pruebas de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años.

b) Haber superado las pruebas de aptitud para el acceso a la Universidad.

c) Los titulados universitarios.

d) Los titulados equiparados y homologados, por disposición de carácter general, a nivel de enseñanza universitaria.

Tercero.-Las pruebas a que se refiere el apartado primero constarán de los siguientes ejercicios, garantizándose el anonimato en las pruebas escritas:

1. Resolución por escrito, en un tiempo máximo de sesenta minutos, de tres problemas o cuestiones matemáticas de carácter general, con preferencia de ecuaciones de primer y segundo grado, sistema de ecuaciones, reglas de tres y proporcionalidad.

2. Contestación en el tiempo máximo de treinta minutos, a un test de sesenta preguntas, con cuatro respuestas alternativas, de uno de los siguientes idiomas a elección del alumno: Inglés, francés o alemán.

3. Constará de dos partes:

a) Resumen por escrito, durante un tiempo máximo de sesenta minutos, de un tema de cultura general que previamente habrá sido desarrollado por uno de los miembros del Tribunal durante un mínimo de treinta minutos pudiendo el alumno tomar notas durante la exposición.

b) Entrevista con algún miembro del Tribunal durante un tiempo máximo de quince minutos.

Cuarto.-Los tres ejercicios serán calificados entre cero y diez puntos. Los ejercicios tendrán carácter eliminatorio, debiendo alcanzarse en cada uno de ellos una puntuación mínima de cuatro puntos, quedando automáticamente excluido aquel candidato que no obtenga dicha puntuación. La calificación de apto se obtendrá cuando el promedio de las puntuaciones de los tres ejercicios realizados sea de cinco puntos o superior a cinco.

Junto a la declaración de apto o no apto constará en las calificaciones el promedio obtenido por el alumno en los ejercicios.

Una vez obtenidas las calificaciones se harán públicas por el Tribunal, debiendo remitir los centros no estatales, a la Escuela Oficial de Turismo, las actas incluyendo nombre y apellidos de los alumnos, documento nacional de identidad, notas numéricas en cada ejercicio y promedio final.

Quinto.

1. En todo caso los centros no estatales adscritos deberán hacer constar en las convocatorias, el número de plazas convocadas para alumnos, con indicación de las que se reserven a quienes acrediten reunir los requisitos del apartado segundo.3) de la presente Resolución, y adaptarán los plazos de presentación de instancias, modelos de solicitudes y documentación que se requiere a los alumnos aspirantes al ingreso en los centros no estatales a los que se señalan para los alumnos de la Escuela Oficial de Turismo en el apartado noveno de la presente resolución.

2. La selección de candidatos se hará con arreglo a los siguientes criterios:

a) Para los aspirantes a los que se refiere el apartado segundo.3.a), mayor experiencia profesional en el sector turístico y mayor conocimiento de los idiomas: Inglés, francés y/o alemán.

b) Para los aspirantes a los que se refiere el apartado segundo.3.b), mayor calificación en la prueba de acceso a la universidad y mayor conocimiento de los idiomas inglés, francés y/o alemán.

c) Para los aspirantes a los que se refiere el apartado segundo.3.c), mejor expediente académico en la carretera superior cursada, mayor conocimiento de los idiomas inglés, francés y/o alemán, y mayor experiencia en el sector turístico.

d) Para los aspirantes a los que se refiere el apartado segundo.3.d), mayor expediente académico, mayor conocimiento de los idiomas inglés, francés y/o alemán, y mayor experiencia en el sector turístico. En caso de candidatos de nacionalidad no española, deberán acreditar el dominio del idioma castellano.

La valoración del conocimiento de idiomas se hará en base a las calificaciones escolares obtenidas en el idioma respectivo y a los estudios complementarios debidamente acreditados, pudiendo el Tribunal solicitar una prueba que se desarrollará en el idioma que corresponda.

Si no se cubrieran las plazas reservadas a estos candidatos se incrementará el cupo de las reservadas para el examen de ingreso.

Sexto.-Las pruebas de aptitud para el acceso a los centros no estatales adscritos se celebrarán entre el 4 y el 10 de octubre de 1996 comenzando a las nueve treinta horas, y continuando en los días laborables sucesivos, hasta agotar la relación de aspirantes preinscritos.

Séptimo.

1. La Escuela Oficial de Turismo fija el número de 120 plazas en régimen de enseñanza oficial para el primer curso de la carrera TEAT durante el curso académico 1996/1997 y un número no determinado de plazas en régimen de enseñanza libre.

2. La Dirección de la Escuela Oficial de Turismo convoca exámenes de ingreso para cubrir 40 plazas en régimen de enseñanza oficial y un número no determinado de plazas en régimen de enseñanza libre, para alumnos de primer curso, que cumplan los requisitos establecidos en el apartado segundo.1 y 2 de la presente resolución.

3. Las 80 plazas restantes de enseñanza oficial se distribuirán de la siguiente forma:

a) Cinco, para quienes acrediten haber superado las pruebas de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años.

b) Sesenta y cinco, para quienes acrediten haber superado las pruebas de selectividad para acceso a Facultades Universitarias, Escuelas Técnicas Superiores o Colegios Universitarios.

c) Cinco, para quienes acrediten tener un título de enseñanza universitaria.

d) Cinco, para becarios extranjeros, de acuerdo con los compromisos contraídos en convenios internacionales de intercambio y cooperación, siempre que acrediten el dominio del castellano y cumplan los mismos requisitos exigidos a los alumnos españoles.

Si no se cubrieran estas plazas se incrementará el cupo de las 40 reservadas para el examen de ingreso.

Octavo.-Los exámenes de ingreso en la Escuela Oficial de Turismo se realizarán en los locales de la Escuela Oficial de Turismo (plaza de Manuel Becerra, número 14, de Madrid), y comenzarán el día 16 de septiembre, a las nueve treinta horas, continuando en los días hábiles sucesivos, hasta agotar la relación de aspirantes admitidos. Los candidatos que opten por no presentarse al examen de ingreso no podrán solicitar la devolución de los derechos de examen.

Noveno.

1. El plazo de presentación de instancias expira el día 12 de agosto de 1996.

2. Los candidatos que concurran a la convocatoria por el turno de examen para cubrir las 40 plazas mencionadas en el apartado séptimo.2 formularán instancia ajustada al modelo anexo I, que habrán de presentar en la Escuela Oficial de Turismo, plaza de Manuel Becerra, número 14, Madrid 28028.

A la instancia acompañarán los documentos siguientes:

Dos fotografías tamaño carné.

Documentos o fotocopia debidamente compulsada, que acredite la posesión del título exigido para el ingreso.

Justificante de haber ingresado en la cuenta corriente número 0300304046 del Banco Exterior de España, calle Alcalá número 150, agencia número 13, 28028 Madrid, a favor de la Escuela Oficial de Turismo, ente público, la cantidad de 11.810 pesetas en concepto de derechos de examen.

3. Los candidatos que concurran a la convocatoria por el turno para cubrir 80 plazas por inscripción directa, mencionadas en el apartado séptimo.3 formularán instancia modelo del anexo II, acompañada de los documentos allí especificados.

En caso de que algún candidato no pudiera aportar el documento acreditativo de haber superado el curso COU, deberá hacerlo obligatoriamente en el momento de formalizar la matrícula, ya que en caso contrario no podrá acceder a los estudios de TEAT, aunque haya aprobado la prueba de acceso.

Décimo.-Plazos de matrícula para los alumnos de la Escuela Oficial de Turismo:

Régimen de enseñanza oficial:

Alumnos admitidos en primero y segundo curso: Del 26 de septiembre al 3 de octubre, ambos inclusive.

Alumnos de tercer curso: Del 19 al 25 de septiembre, ambos inclusive.

Régimen de enseñanza libre:

Del 16 al 28 de octubre, ambos inclusive.

El traslado de matrícula de otras Escuelas para enseñanza oficial sólo se admitirá con carácter excepcional y previa justificación de los motivos en que se fundamente su necesidad. La admisión se realizará en la medida en que existan vacantes disponibles.

Para enseñanza libre no existirá limitación de admisiones.

Las solicitudes de traslado se presentarán del 5 al 23 de septiembre.

Undécimo.-La matrícula se formalizará en la Secretaría de la Escuela Oficial de Turismo, de diez a doce horas y de dieciséis treinta a dieciocho treinta horas.

Los alumnos que se matriculen por primera vez en la Escuela Oficial de Turismo deberán presentar, debidamente cumplimentado, el impreso de matrícula que se facilitará en la Conserjería de la Escuela, acompañado de los siguientes documentos:

a) Para enseñanza oficial:

Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.

Tres fotografías tamaño carné.

Certificado médico oficial de estar vacunado y no padecer enfermedad infectocontagiosa.

Justificante de haber ingresado en la cuenta corriente número 0300304046 del Banco Exterior de España, calle Alcalá número 150, agencia número 13, 28028 Madrid, titular Escuela Oficial de Turismo, las cantidades que correspondan de acuerdo con la Resolución de 30 de abril de 1996, de la Presidencia del Consejo de Dirección de la Escuela Oficial de Turismo («Boletín Oficial del Estado» número 120, de 17 de mayo de 1996).

b) Para enseñanza libre:

Presentarán la misma documentación, excepto el certificado médico.

Los alumnos que ya estuvieron matriculados en la Escuela Oficial de Turismo en años anteriores, tanto para la enseñanza oficial como para la libre, presentarán únicamente el impreso de matrícula debidamente cumplimentado, junto con el citado justificante de ingreso en el Banco Exterior de España, y dos fotografías tamaño carné.

Duodécimo.

1. Los alumnos oficiales vendrán obligados, para mantener su condición de alumnos oficiales, a tener una asistencia mínima a clase al mes de un 80 por 100 en cada una de las asignaturas en las que se encuentren matriculados. En caso de incumplir esta obligación perderán su condición de oficial, pasando al régimen de libre y no tendrán derecho a devolución de ingresos.

2. No podrá admitirse la asistencia a clase de los alumnos matriculados en régimen de enseñanza libre en ninguno de los cursos de la carrera, dadas las limitaciones de capacidad de la Escuela.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 21 de mayo de 1996.-El Director, Antonio Bernabé García.

ANEXO I

Don

nacido en el de de

nacionalidad

documento nacional de identidad o pasaporte

domicilio en

teléfono titulación

idiomas en que desea examinarse (inglés, francés o alemán) y que cursará durante la carrera además de un segundo idioma

régimen de enseñanza por el que opta (oficial o libre)

(Táchese lo que no proceda).

Expone: Que desea realizar los exámenes de ingreso en la Escuela Oficial de Turismo para el curso 1996-1997, a cuyo efecto acompaña el documento que acredita la titulación expresada en el apartado segundo de la convocatoria y el justificante de haber ingresado en la cuenta número 0300304046 del Banco Exterior de España, calle Alcalá, 150, agencia número 13, 28028 Madrid, la cantidad de 11.810 pesetas en derechos de examen.

Solicita: Ser admitido a la prueba de ingreso en la mencionada escuela, según las condiciones establecidas en la presente convocatoria.

a de de 1996.

(Firma)

Ilmo. Sr. Director de la Escuela Oficial de Turismo de Madrid.

ANEXO II

Don

nacido en el de de

nacionalidad

documento nacional de identidad o pasaporte

domicilio en

teléfono

titulación

régimen de enseñanza por el que opta (oficial o libre)

idiomas que desea cursar en la carrera (inglés, francés o alemán)

Expone: Que desea acceder directamente a la Escuela Oficial de Turismo para el curso 1996-1997, como alumno de la misma, a cuyo efecto acompaña la documentación que se especifica al dorso.

Solicita: Ser admitido como alumno de primer curso de la mencionada escuela, según las condiciones establecidas en la presente convocatoria.

a de 1996.

(Firma)

Ilmo. Sr. Director de la Escuela Oficial de Turismo de Madrid.

Dorso anexo II

Documentos que aporta (marque con una X el recuardo correspondiente):

a) Mayores de veinticinco años:

i Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.

i Fotocopia compulsada del documento acreditativo de haber superado las pruebas de acceso a la universidad.

i Documento acreditativo de su experiencia profesional en el sector turismo (en su caso).

i Fotocopia compulsada de la certificación que acredite sus calificaciones escolares en los idiomas inglés, francés y/o alemán y/o estudios complementarios realizados en uno de estos idiomas (en su caso).

b) Alumnos que han superado la prueba de selectividad para acceso a Facultades Universitarias, Escuelas Técnicas Superiores o Colegios Universitarios:

i Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.

i Fotocopia compulsada de la certificación de haber superado la prueba de selectividad.

i Fotocopia compulsada de las calificaciones académicas obtenidas en el COU en los idiomas inglés, francés y/o alemán.

i Fotocopia compulsada de la certificación que acredite los estudios complementarios de inglés, francés y/o alemán.

c) Titulados superiores:

i Fotocopia compulsada del título académico de la carrera superior cursada.

i Fotocopia compulsada de las certificaciones obtenidas en el idioma inglés, francés y/o alemán en la enseñanza secundaria o de los estudios complementarios hechos en alguno de estos idiomas.

d) Becarios extranjeros:

i Documento acreditativo de su condición de becario.

i Documento que acredite reunir algunas de las condiciones que se exigen a los españoles para el acceso directo y que se reseñan en los tres apartados anteriores.

i Certificación compulsada de equivalencia de los estudios realizados especificando, en las certificaciones académicas de los cursos realizados que se acompañen, la escala de valoración utilizada que detalle la nota máxima alcanzable y la mínima exigible, así como el programa detallado del plan de estudios realizado, indicando expresamente las horas lectivas y la duración del mismo, sellado y firmado por la autoridad académica del centro en el que han cursado sus estudios.

i Fotocopia compulsada de la certificación que acredite las calificaciones obtenidas en los idiomas inglés, francés y/o alemán.

i Certificación compulsada que acredite un conocimiento profundo del castellano para aquellos alumnos no que sean hispanoparlantes.

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