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Documento BOE-A-1996-14684

Acuerdo de 27 de mayo de 1996, de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, adoptado en reunión conjunta, por el que se convoca oposición para la provisión de 10 plazas del Cuerpo de RedactoresTaquígrafos y Estenotipistas de las Cortes Generales.

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 25 de junio de 1996, páginas 20540 a 20543 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-1996-14684

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.8 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, en su reunión conjunta del día 27 de mayo de 1996, han acordado convocar oposición para proveer 10 plazas del Cuerpo de Redactores Taquígrafos y Estenotipistas, dotadas con las retribuciones establecidas en el Presupuesto de las Cortes Generales.

De dichas plazas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.9 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, se reserva un 25 por 100 para su provisión por turno restringido entre funcionarios de otros Cuerpos de las Cortes Generales que estén en posesión de la titulación a que se refiere la base segunda, apartado b), de la presente convocatoria. Las vacantes que no se cubran por este turno incrementarán el turno libre.

La presente convocatoria se ajustará a las siguientes bases:

Primera.-El Tribunal calificador que juzgará las oposiciones al Cuerpo de Redactores Taquígrafos y Estenotipistas de las Cortes Generales será nombrado por las Mesas de ambas Cámaras, en reunión conjunta, y estará compuesto de la siguiente forma:

Presidente: Un Secretario del Congreso de los Diputados o del Senado.

Vocales:

Un Diputado o Senador.

El Secretario general del Congreso de los Diputados o el Letrado Mayor del Senado o, a propuesta del Letrado Mayor de las Cortes Generales, el Secretario general adjunto del Congreso de los Diputados, el Letrado Mayor adjunto del Senado o el Director de Asistencia Técnico-Parlamentaria de la Secretaría General del Congreso de los Diputados o del Senado.

El Jefe de Departamento de Redacción del Diario de Sesiones de la Dirección de Asistencia Técnico-Parlamentaria de la Secretaría General del Congreso de los Diputados o del Senado.

Secretario: Un funcionario del Cuerpo de Redactores Taquígrafos y Estenotipistas de las Cortes Generales que ocupe plaza de Redactor.

Las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, en reunión conjunta, podrán efectuar la designación también o, en su caso, delegarla en los Presidentes de las Cámaras, de los miembros suplentes del Tribunal, que sustituirán a los titulares en caso de renuncia justificada o de imposibilidad para el desempeño de la función.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia, cuando menos, de tres de sus miembros.

Serán de aplicación las normas sobre composición y funcionamiento de los Tribunales calificadores de las pruebas selectivas para el acceso a los Cuerpos de Funcionarios de las Cortes Generales aprobadas por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, en su reunión conjunta del día 8 de abril de 1991 («Boletín Oficial de las Cortes Generales», sección Cortes Generales, serie B, número 7, de 26 de abril de 1991).

Segunda.-Para tomar parte en la oposición será necesario, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, reunir los requisitos siguientes:

a) Poseer la nacionalidad española y ser mayor de edad.

b) Estar en posesión del título de Diplomado universitario u otro equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

c) No hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas por sentencia firme.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones correspondientes.

e) Cumplir los requisitos que se establecen en la presente convocatoria en el momento en que expire el plazo de presentación de solicitudes.

Tercera.-La oposición constará de los ejercicios siguientes, que podrán realizarse simultánemente para los turnos libre y restringido:

1.º Escritura al dictado y traducción en caracteres comunes de dos textos elegidos a la suerte por los aspirantes entre los tomos de discursos pronunciados en las Cortes que habrá sobre la Mesa del Tribunal. El ejercicio consistirá en la realización de las siguientes pruebas que serán calificadas en conjunto por el Tribunal:

a) Escritura al dictado y traducción en caracteres comunes del primer texto elegido, que se dictará a la velocidad de 130 a 140 palabras por minuto.

b) Escritura al dictado y traducción en caracteres comunes del segundo texto elegido, que se dictará a una velocidad superior a la rapidez media de la oratoria parlamentaria.

2.º Realización de una prueba consistente en la traducción en caracteres comunes mecanografiados de un discurso de cinco minutos de duración, contenido en una cinta magnetofónica que se facilitará a cada opositor. La duración total del ejercicio será de una hora y treinta minutos. El Tribunal valorará la corrección de la redacción efectuada, así como la calidad del trabajo mecanográfico que se presente.

Para la práctica de este ejercicio, el Tribunal adoptará las medidas necesarias para facilitar a los aspirantes los correspondientes dictáfonos; los opositores podrán utilizar sus propias máquinas de escribir.

3.º Exposición por escrito, durante el tiempo máximo de dos horas, de dos temas sacados a la suerte entre los que constituyen el programa correspondiente a este ejercicio que se incluye en el anexo a la convocatoria.

4.º Realización, en una sala con medios audiovisuales que permitan el seguimiento de las sesiones del Pleno del Congreso de los Diputados o del Senado, de otras tres pruebas prácticas, que integrarán este último ejercicio, juzgándose la perfección del trabajo que presenten por su conformidad con el realizado por el turno-guión de los Redactores oficiales. La duración de cada una de estas pruebas será de diez minutos.

Cuarta.-Los ejercicios serán todos eliminatorios y se calificarán de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para aprobar un ejercicio y poder realizar el siguiente. Al final de cada ejercicio se hará pública, en el tablón de anuncios del Congreso de los Diputados o del Senado, una relación de los aspirantes aprobados, con expresión de la puntuación alcanzada.

Quinta.-Después del último ejercicio, el Tribunal, por conducto del Letrado Mayor de las Cortes Generales, elevará a los Presidentes de las Cámaras propuesta unipersonal para cada una de las plazas que, en su caso, proponga cubrir, de acuerdo con el orden que resulte de sumar las calificaciones de los ejercicios superados por cada opositor, acompañando el expediente de la oposición con todos los ejercicios y las actas de las sesiones del Tribunal.

Sexta.-1. Quienes deseen tomar parte en la oposición deberán presentar en la Dirección de Gobierno Interior de la Secretaría General del Congreso de los Diputados (Palacio del Congreso de los Diputados), en días laborables, excepto sábados, de diez a catorce horas y de dieciséis a dieciocho horas -o remitir en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común-, desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el 31 de julio de 1996, una instancia, según modelo oficial anejo a la presente convocatoria, dirigida al Letrado Mayor de las Cortes Generales, a la que se acompañará fotocopia del documento nacional de identidad, así como del resguardo del impreso del ingreso en cuenta bancaria o de transferencia que se haya utilizado para hacer efectivos los derechos de examen. En dicha solicitud se consignarán nombre y dos apellidos, número del documento nacional de identidad, fecha de nacimiento, domicilio a efectos de notificaciones, teléfono, título que se posea, así como el turno, libre o restringido, por el que se opte. Asimismo, se hará declaración expresa de asumir el compromiso de tomar posesión dentro del plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.

2. Los candidatos abonarán la cantidad de 2.000 pesetas en concepto de derechos de examen, cuyo importe se hará efectivo efectuando su ingreso en la cuenta corriente 303038654, denominada «Cortes Generales, oposición al Cuerpo de Redactores Taquígrafos y Estenotipistas», de la Oficina Institucional del Banco Exterior de España (código 0301, calle Gran Vía, número 73, 28013 Madrid), directamente en cualquiera de sus sucursales o mediante transferencia. En el resguardo de ingreso o transferencia, cuya fotocopia se ha de unir a la instancia, deberá figurar necesariamente el número y denominación de la cuenta mencionada, así como el nombre y apellidos y número de documento nacional de identidad del aspirante.

Séptima.-1. Una vez terminado el plazo de presentación de instancias y a la vista de las presentadas, el Tribunal, mediante resolución, hará pública en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», así como en los tablones de anuncios del Congreso de los Diputados y del Senado, la relación provisional de candidatos admitidos y excluidos de la oposición, con expresión de los motivos de exclusión en cada caso. En el plazo de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de dicha resolución en el «Boletín Oficial del Estado», podrán presentarse reclamaciones a la citada relación o subsanarse los defectos en que los aspirantes hubieren incurrido y que hayan motivado, en su caso, la exclusión.

2. Transcurrido dicho plazo, el Tribunal hará pública, por el mismo procedimiento, la relación definitiva de candidatos admitidos a la oposición.

Octava.-1. Los ejercicios comenzarán a partir del mes de enero de 1997. La fecha y hora que se señale para la celebración del primer ejercicio se hará pública en el «Boletín Oficial del Estado» y en los tablones de anuncios del Congreso de los Diputados y del Senado, con quince días de antelación, como mínimo.

2. El orden de actuación vendrá determinado por el que resulte del sorteo público, de aplicación a todos los procesos de selección que se convoquen durante 1996 en el ámbito de las Cortes Generales, que realice la Administración parlamentaria.

Novena.-Los opositores propuestos por el Tribunal calificador para ocupar plaza deberán presentar en la Dirección de Gobierno Interior citada, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la propuesta de nombramiento, los documentos siguientes:

a) Documento nacional de identidad original, así como una fotocopia del mismo, para su compulsa.

b) Título original de Diplomado Universitario o equivalente al que se refiere la base segunda de esta convocatoria, así como una fotocopia del mismo para su compulsa.

Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de mayo de 1996.-El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Ignacio Astarloa Huarte-Mendicoa.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Seguimiento de Acuerdos y Disposiciones del Ministerio de la Presidencia. Edificio INIA. Complejo de la Moncloa.

ANEXO

Programa de temas para las oposiciones al Cuerpo de Redactores Taquígrafos y Estenotipistas de las Cortes Generales

(tercer ejercicio)

1. El Estado español. Estado de Derecho, social y democrático.

2. Las fuentes del Derecho en España. La Constitución como norma jurídica. La Ley. Leyes orgánicas.

3. Las disposiciones del Gobierno con fuerza de Ley: Decretos-leyes y Decretos legislativos.

4. La Constitución española de 1978. Principios básicos. La reforma de la Constitución.

5. Los derechos y deberes fundamentales en la Constitución española.

6. La Corona en la Constitución española. Las funciones constitucionales del Rey. La sanción de las leyes.

7. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados y el Senado. Relaciones entre las Cámaras. Las Diputaciones permanentes.

8. El sistema electoral español. Las elecciones generales al Congreso de los Diputados y al Senado.

9. Las funciones de las Cortes Generales. Los Reglamentos del Congreso de los Diputados y del Senado. Procedimiento de reforma.

10. El Estatuto de los Parlamentarios. Inviolabilidad e inmunidad. El suplicatorio; su tramitación. Los Grupos Parlamentarios.

11. La Presidencia y la Mesa de las Cámaras. Designación. Período de mandato y cese. Competencias. La Junta de Portavoces.

12. Las Comisiones. Clases. Competencias. Estructura. La Presidencia de las Comisiones. Las Ponencias. El Pleno de las Cámaras.

13. El funcionamiento del Congreso de los Diputados y del Sendo. El orden del día. Las sesiones. Los debates. Las votaciones. La disciplina parlamentaria.

14. El procedimiento legislativo. La iniciativa legislativa. El procedimiento legislativo ordinario. Proyectos y proposiciones de ley. Las enmiendas y votos particulares: Concepto, clases y tramitación.

15. Los Presupuestos Generales del Estado: Su significado y estructura. Tramitación legislativa. Enmiendas al proyecto de Ley de Presupuestos.

16. Procedimientos legislativos especiales: Proyectos y proposiciones de Ley Orgánica. Estatutos de Autonomía. Tratados y Convenios Internacionales. Competencia legislativa plena de Comisiones. Lectura única de un proyecto de Ley. Procedimiento de urgencia.

17. Los procedimientos de control del Ejecutivo (I). La investidura. La moción de censura y la cuestión de confianza.

18. Los procedimientos de control del Ejecutivo (II). Las interpelaciones. Las preguntas. Proposiciones no de Ley y mociones. El debate de comunicaciones, programas e informes del Gobierno y de otros órganos estatales.

19. Las Secretarías Generales del Congreso de los Diputados y del Senado. El Letrado Mayor de las Cortes Generales. El Secretario general del Congreso de los Diputados. El Letrado Mayor del Senado. Estructura y órganos de la Administración parlamentaria. Funciones del Cuerpo de Redactores Taquígrafos y Estenotipistas.

20. El personal de las Cortes Generales (I). Los funcionarios de las Cortes Generales. Ingreso y cese. Situaciones.

21. El personal de las Cortes Generales (II). Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios de las Cortes Generales. Régimen disciplinario.

22. El Defensor del Pueblo.

23. El Gobierno. Composición. Funciones constitucionales. Relaciones con las Cortes Generales.

24. La Administración Central del Estado. Órganos superiores. Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y los Directores generales. La Administración periférica.

25. Las nacionalidades y regiones. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía.

26. Organización institucional de las Comunidades Autónomas. La distribución de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Las relaciones de las Comunidades Autónomas con el Estado.

27. La Administración local. El municipio. La provincia.

28. La potestad reglamentaria de la Administración. Los actos administrativos. Concepto, elementos, clases, eficacia e invalidez.

29. El procedimiento administrativo. Principios. Iniciación, instrucción y terminación. Silencio administrativo. Los contratos administrativos.

30. Los recursos administrativos. La jurisdicción contencioso-administrativa.

31. Los funcionarios públicos. Naturaleza jurídica de la relación funcionarial. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades. Régimen disciplinario.

32. El Poder Judicial. Configuración constitucional. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El Ministerio Fiscal.

33. El Tribunal Constitucional. Composición. Naturaleza. Los procesos de control de la constitucionalidad de las normas. El recurso de amparo. Los conflictos de competencia.

34. La Unión Europea. Sus Instituciones.

(ANEXO OMITIDO)

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