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Documento BOE-A-1996-14631

Resolución de 28 de mayo de 1996, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se homologa el curso de contraincendios (segundo nivel) a impartir por la Escuela de Formación Profesional Náutico-Pesquera Nuestra Señora de la Antigua de Ondárroa.

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 24 de junio de 1996, páginas 20463 a 20463 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1996-14631

TEXTO ORIGINAL

Examinada la documentación presentada por don Emiliano de Iturrarán Basabe, en representación de la Escuela de Formación Náutico-Pesquera Nuestra Señora de la Antigua, con domicilio en la calle San Ignacio, número 19, de Ondárroa (Vizcaya), en solicitud de homologación de dicho centro, para impartir cursos de contraincendios (segundo nivel).

Vistos los informes obrantes en el expediente, en los que consta que reúne las condiciones mínimas establecidas en la Resolución de la Dirección General de la Marina Mercante de 6 de junio de 1990 («Boletín Oficial del Estado» número 146),

Esta Dirección General, de conformidad con lo establecido en la Orden de 31 de julio de 1992 («Boletín Oficial del Estado» de 20 de agosto) y en la Resolución de 6 de junio de 1990, ha resuelto:

Primero.-Homologar los cursos de contraincendios, segundo nivel, a impartir por la Escuela de Formación Náutico-Pesquera Nuestra Señora de la Antigua.

Segundo.-Sin perjuicio de esta homologación, la Subdirección General de Inspección Marítima supervisará cada uno de los cursos impartidos, para comprobar que el desarrollo de los mismos reúnen los niveles de calidad y profesionalidad adecuados. Para lo cual el centro notificará con quince días de antelación cada curso que pretenda realizar.

Tercero.-Al personal marítimo que supere dichos cursos, le será extendido por esta Dirección General el oportuno certificado, que le permitirá el enrolamiento en cualquier clase de buque mercante o pesca. Dicha certificación se expedirá a la vista del certificado emitido por el Centro de Formación en el que se haga constar que el interesado ha recibido la formación teórico-práctica, establecida en la Orden de 31 de julio de 1992.

Sin perjuicio de ello, el centro remitirá a esta Dirección General de la Marina Mercante la relación del personal que haya superado cada curso.

Cuarto.-El personal que participe en los cursos deberá estar protegido por un seguro de accidentes materiales y corporales, contratado por la Escuela de Formación Náutico-Pesquera.

Madrid, 28 de mayo de 1996.-El Director general, Pedro Anatael Meneses Roqué.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Inspección Marítima.

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