Por Orden de 23 de abril de 1991 («Boletín Oficial del Estado» del 24), Orden de 5 de mayo de 1992 («Boletín Oficial del Estado» del 6) y Orden de 22 de febrero de 1993 («Boletín Oficial del Estado» del 26), se convocaron procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
En estas Ordenes se establecía la posibilidad de recuperar la documentación presentada, a efectos de valoración de méritos, por los participantes en los citados procedimientos selectivos,
En su virtud, este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-La documentación aportada por los participantes en los procedimientos selectivos convocados por Orden de 23 de abril de 1991 y Orden de 5 de mayo de 1992, podrá ser retirada por los mismos o por persona debidamente autorizada, en el servicio correspondiente del Ministerio de Educación y Ciencia, durante el mes de febrero de 1996.
La documentación correspondiente a los procedimientos selectivos convocados por Orden de 22 de febrero de 1993 podrá ser retirada en la misma forma y plazo indicada anteriormente, en el Servicio del Profesorado de Enseñanzas Artísticas del Ministerio de Educación y Ciencia cuando se trate de aspirantes a ingreso o acceso a Cuerpos de Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
Los aspirantes a ingreso o acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas podrán retirar la documentación correspondiente a los procedimientos selectivos convocados por Orden de 22 de febrero de 1993 en la forma y plazo que se publiquen en los tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales correspondientes a las provincias en donde se celebraron las pruebas.
Transcurrido el plazo establecido sin que se haya retirado la documentación, se entenderá que renuncian a su recuperación, perdiendo el derecho sobre la misma y procediéndose a su destrucción.
Segundo.-Contra la presente Orden los interesados podrán interponer en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», recurso contencioso-administrativo, previa comunicación a la Dirección General de Personal y Servicios, según lo establecido en el artículo 37 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, y en el artículo 110 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992.
Madrid, 28 de diciembre de 1995.-P. D. (Orden de 2 de marzo de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Director general de Personal y Servicios, Adolfo Navarro Muñoz.
Ilmo. Sr. Director general de Personal y Servicios.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid