Por Resolución de 16 de febrero de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 11 de marzo), de la Dirección General de Formación Profesional Reglada y Promoción Educativa, se convocan ayudas para participar en la actividad de vacaciones escolares para 1996. Su artículo décimo prevé un procedimiento de pagos que, de acuerdo con las Direcciones Provinciales de este Ministerio, sería preciso clarificar, por lo que parece aconsejable corregir dicho artículo en los siguientes términos:
Décimo.-Los pagos se efectuarán por cada una de las Direcciones Provinciales dependientes de la gestión directa del Ministerio de Educación y Cultura, en el caso de Madrid Subdirecciones Territoriales, quienes, de acuerdo con el Real Decreto 2228/1982, de 27 de agosto («Boletín Oficial del Estado» de 11 de septiembre), tendrán desconcentradas las facultades de disposición de gastos y orden de pagos correspondientes que se efectuarán a favor de los Directores de los centros de vacaciones escolares a los efectos de sufragar los gastos de desarrollo de la actividad.
Madrid, 27 de mayo de 1996.-El Director general, Antonio Peleteiro Fernández.
Ilmos. Sres. Subdirectora general de Becas y Ayudas al Estudio y Directores provinciales.
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