Visto el expediente de indulto del que fue Caballero Legionario del Ejército de Tierra don Juan Antonio Gómez González, condenado por el Tribunal Militar Territorial Segundo en la causa número 27/2/88 a la pena privativa de libertad de dieciocho meses de prisión como autor responsable de un delito consumado de insulto a superior, en su modalidad de «maltratar de obra a un superior», previsto y penado en el artículo 99.3.º del Código Penal Militar, sin la concurrencia de circunstancias eximentes ni modificativas de la responsabilidad criminal, y constando en el mismo la propuesta en favor del otorgamiento de indulto parcial formulada por el Tribunal sentenciador, a propuesta del Ministro de Defensa y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de diciembre de 1995,
Vengo en conmutar al que fue Caballero Legionario del Ejército de Tierra don Juan Antonio Gómez González la pena privativa de libertad impuesta por la de un año de prisión, con sus accesorias legales, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo normal de cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 22 de diciembre de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Defensa,
GUSTAVO SUAREZ PERTIERRA
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