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Documento BOE-A-1996-12741

Orden de 25 de abril de 1996 por la que se autoriza a determinados centros docentes privados para impartir las enseñanzas correspondientes al módulo profesional de tercer nivel, Educador Infantil, en la modalidad de educación a distancia para personas adultas.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 5 de junio de 1996, páginas 18762 a 18763 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1996-12741

TEXTO ORIGINAL

El convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia (MEC) y la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE), firmado el día 10 de enero de 1996, establece un programa de colaboración entre ambas partes que permite la impartición de las enseñanzas correspondientes al título de Formación Profesional de Técnico especialista «Educador Infantil», siendo la población destinataria los trabajadores ocupados en este sector en centros asociados a la citada Confederación. Estas enseñanzas se impartirán, a través de la modalidad de educación a distancia, facultándoles, en su caso, para la obtención del referido título profesional.

En cumplimiento de la base séptima del citado convenio de colaboración, se constituyó la Comisión Mixta que entre sus funciones figura la de aprobar la propuesta anual de centros y plazas disponibles para los fines propuestos, según lo establecido en la cláusula segunda del citado convenio.

La Comisión Mixta, en su reunión del 25 de enero de 1996, propuso a solicitud de la CECE la autorización de los centros privados de CECE homologados por el MEC: «Opesa» e «Instituto de Enseñanzas Aplicadas, Sociedad Anónima», centros previamente autorizados por el MEC para impartir el título de referencia en la modalidad presencial (Orden de 30 de abril de 1993, «Boletín Oficial del Estado» de 3 de juniio, y Orden de 30 de julio de 1990, «Boletín Oficial del Estado» de 31 de agosto, respectivamente), propuesta que les facultaría para realizar una primera experiencia que durará en tanto el convenio esté en vigor, para impartir las enseñanzas correspondientes al título de Formación Profesional de Técnico especialista «Educador Infantil», en la modalidad de educación a distancia.

En consecuencia, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Quedan autorizados los centros cuya denominación y domicilio aparecen en anexo a la presente Orden para impartir, en la modalidad de educación a distancia, el módulo profesional experimental «Educador Infantil».

Segundo.-Concluida esta primera experimentación la Dirección Provincial del MEC en Madrid, remitirá un informe a la Comisión Mixta quien podrá prorrogar la autorización de estos centros para una nueva experiencia, autorización que estará limitada al curso escolar, siempre y cuando el convenio de colaboración antes aludido se mantenga en vigor.

Tercero.-La Dirección General de Formación Profesional Reglada y Promoción Educativa podrá dictar las resoluciones que estime oportunas, en el ámbito de sus competencias, para el mejor cumplimiento de la presente Orden, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 25 de abril de 1996.-P. D. (Orden de 1 de marzo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 2), el Director general de Formación Profesional Reglada y Promoción Educativa, Francésc Colomé i Montserrat.

Ilmos. Sres. Directores generales de Formación Profesional Reglada y Promoción Educativa y de Coordinación y de la Alta Inspección.

ANEXO

Denominación y domicilio de los centros que se dispone autorizar para impartir, en la modalidad de educación a distancia, el módulo profesional experimental «Educador Infantil»

Denominación: «Opesa». Domicilio: Calle Ayala, 111, 28009 Madrid.

Instituto de Enseñanzas Aplicadas: Domicilio: Calle Sagasta, 20, 28004 Madrid.

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