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Documento BOE-A-1996-12026

Resolución de 19 de abril de 1996, de la Universidad del País Vasco, por la que se ordena la publicación de la modificación del plan de estudios conducente a la obtención del título de Licenciado en Filología Vasca que se imparte en la Facultad de Filología y Geografía e Historia, de esta Universidad y corrección de errores de la Resolución de 22 de julio de 1993, por la que se publica el citado plan de estudios.

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 25 de mayo de 1996, páginas 17910 a 17911 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1996-12026

TEXTO ORIGINAL

Resultando que el plan de estudios de la titulación de Licenciado en Filología Vasca, que se imparte en la Facultad de Filología y Geografía e Historia, fue aprobado por la Junta de Gobierno de la Universidad, con fecha 6 de abril de 1993, y homologado por la Comisión Académica del Consejo de Universidades, con fecha 28 de junio de 1993;

Resultando que la Junta de Gobierno de la Universidad, con fecha 26 de julio de 1995, procedió a aprobar la modificación del citado plan de estudios, consistente en variar la asignación a curso de cierta asignatura de carácter troncal y, por tanto, la distribución de créditos troncales de la carga lectiva, modificar la tabla de adaptaciones para los alumnos que vinieran cursando el plan antiguo y ampliar la oferta de lenguas, a elegir, entre las establecidas por la Universidad como materias de carácter troncal optativo;

Resultando que la comisión Académica del Consejo de Universidades, con fecha 13 de marzo de 1996, ha resuelto homologar la modificación citada anteriormente;

Considerando que es competencia de la Universidad del País Vasco, ordenar la publicación de los planes de estudios homologados y modificados en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial del País Vasco», conforme a lo establecido en el artículo 10.2 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 14 de diciembre), modificado por el Real Decreto 1267/1994, de 10 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 11), y en el artículo 6.2 de la Orden de 10 de diciembre de 1992 («Boletín Oficial del País Vasco» del 23);

Este Rectorado, ha resuelto ordenar la publicación del Acuerdo de la Comisión Académica del Consejo de Universidades, de fecha 13 de marzo de 1996, por el que se homologa la modificación del plan de estudios conducente a la titulación de Licenciado en Filología Vasca («Boletín Oficial del Estado» del 14 de agosto de 1993 y «Boletín Oficial del País Vasco» de 11 de enero de 1994), que se imparte en la Facultad de Filología y Geografía e Historia de esta Universidad, consiste en:

Variar la asignación a curso de la asignatura de carácter troncal «Segunda Lengua II», de 6 créditos, de forma que, en lugar de: «segundo curso» debe constar: «primer curso».

La distribución de créditos troncales de la carga lectiva del plan de estudios, como consecuencia de la variación citada anteriormente, se modifica de la siguiente forma:

En lugar de: «curso primero: 38 créditos troncales y 4 créditos adicionales; 60 créditos totales» y «curso segundo: 22 créditos troncales y 2 créditos adicionales; 60 créditos totales»; debe constar: «curso primero: 44 créditos troncales y 4 créditos adicionales; 66 créditos totales» y «curso segundo: 16 créditos troncales y 2 créditos adicionales; 54 créditos totales».

Modificar la tabla de adaptaciones del plan de estudios, suprimiendo la siguiente adaptación, para los alumnos que vinierán cursando el plan antiguo:

Plan antiguo: Licenciado en Filología, especialidad Filología Vasca, asignatura optativa «Alemán III (1.º, 2.º, 3.º, 4.º ó 5 curso, por, plan nuevo: Licenciado en Filología Vasca, asignatura troncal, «Literatura de la Segunda Lengua: Alemana» (tercer curso).

Ampliar la oferta de lenguas, a elegir, entre las establecidas por la Universidad como materias de carácter troncal y optativo, por lo que se incluye en dicha oferta, «Lengua Griega Moderna»; área de conocimiento «Filología Griega», en las materias que se indican:

Materias troncales: Segunda Lengua; asignaturas: «Segunda Lengua I», 2 créditos teóricos y 4 créditos prácticos y «Segunda Lengua II», 2 créditos teóricos y 4 prácticos; Literatura de la Segunda Lengua, 8 créditos teóricos y 4 créditos prácticos.

Materias optativas: Practicas de segunda Lengua, 6 créditos prácticos; Tercera Lengua I, 2 créditos teóricos y 4 créditos prácticos; y Tercera Lengua II, 2 créditos teóricos y 4 créditos prácticos.

Asimismo, y advertidos errores en la Resolución de 22 de julio de 1993, de la Universidad del País Vasco, por la que se publica la homologación del plan de estudios conducente a la titulación de Licenciado en Filología Vasca, en el «Boletín Oficial del Estado» número 194, de 14 de agosto de 1993, se transcriben las siguientes correcciones al texto.

Página 24.843, apartado 1.b) Ordenación temporal del aprendizaje, se suprime el siguiente prerrequisito: «Introducción a la Fonética y Fonología de la Lengua Vasca».

Prerrequisito: «Lengua Vasca I» y «Lengua Vasca II».

Página 24.844, apartado 1.d) Mecanismos de convalidación y/o adaptación al nuevo plan de estudios, para los alumnos que vinieran cursando el plan antiguo, en la columna Plan Nuevo, donde dice: «Textos Vascos I (segundo curso)» y «Textos Vascos II (tercer curso)», debe decir: «Textos Vascos I (tercer curso)» y «Textos Vascos II (cuarto curso)».

Leioa, 19 de abril de 1996.-El Rector, Pello Salaburu Etxeberria.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/04/1996
  • Fecha de publicación: 25/05/1996
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Plan publicado por Resolución de 22 de julio de 1993 (Ref. BOE-A-1993-21309).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 6.2 de la Orden de 10 de diciembre de 1992 (BOPV del 23).
    • art. 10.2 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre (Ref. BOE-A-1987-27707).
  • CITA Real Decreto 1267/1994, de 10 de junio (Ref. BOE-A-1994-13272).
Materias
  • Filología Vasca
  • Planes de estudios
  • Universidad del País Vasco

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