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Documento BOE-A-1996-11782

Orden de 29 de abril de 1996 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo, en el recurso de casación número 850/1993, interpuesto contra la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 48.213, promovido por la Federación de Organizaciones de Productores de Aceite de Oliva («Fedeprol-España, Sociedad Anónima»).

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 24 de mayo de 1996, páginas 17792 a 17792 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1996-11782

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose dictado por el Tribunal Supremo, con fecha 29 de noviembre de 1995, setencia firme en el recurso de casación número 850/1993, interpuesto contra la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 48.213, promovido por la Federación de Organizaciones de Productores de Aceite de Oliva («Fedeprol-España, Sociedad Anónima»), sobre reconocimento como Unión de Productores de Aceite de Oliva, sentencia cuya parte dispostivia dice así:

«Fallamos: Que no acogemos el único motivo de casación invocado, por lo que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso de casación; con expresa imposición de costas a la Administración recurrente, de acuerdo con la ley.»

Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.

Madrid, 29 de abril de 1996.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, José Manuel Sánchez San Miguel.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Producciones y Mercados Agrícolas.

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