Está Vd. en

Documento BOE-A-1996-10294

Resolución de 11 de abril de 1996, del Instituto Nacional de Servicios Sociales, por la que se convocan los premios INSERSO 1996.

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 8 de mayo de 1996, páginas 16085 a 16087 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1996-10294

TEXTO ORIGINAL

La existencia de colectivos de población que, por sus características especiales, encuentran dificultades de diverso orden para su integración social como son las personas con minusvalía, mayores o refugiados, aconseja que, además de las normas que a este respecto dicta el Gobierno y de los servicios y acciones que lleva a cabo, se promuevan otras medidas que contribuyan, por un lado, a promocionar la investigación hacia la búsqueda de soluciones para la mejor integración social y el mayor bienestar social de estos colectivos y, por otro, estimular, mediante el reconocimiento público, la destacada labor que desarrollan entidades, asociaciones, empresas, profesionales, etc., en favor de la integración de estos sectores de la población, así como conseguir la atención de los medios de comunicación, al objeto de difundir y sensibilizar a toda la sociedad ante esta problemática.

Con esta finalidad se considera conveniente que el Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO) realice una nueva convocatoria de Premios INSERSO, con el fin de que la labor de divulgación y sensibilización tanto en España como en países iberoamericanos sea permanente.

En consecuencia, esta Dirección General del Instituto Nacional de Servicios Sociales, en virtud de las competencias que tiene atribuidas por el Real Decreto 1856/1979, de 30 de julio, modificado por el Real Decreto 1433/1985, de 1 de agosto, y con base a la experiencia recogida en anteriores convocatorias, ha resuelto:

Primero.-Convocar los Premios INSERSO 1996, para las siguientes especialidades: Premios Medios de Comunicación Social (prensa, radio y televisión), Premios de Investigación, Premios a la Integración Laboral y Social, Premios Extraordinarios.

Segundo.-Los premios se regirán de acuerdo con las bases que se hacen públicas como anexo I a la presente Resolución.

Tercero.-Por cada una de las especialidades se constituirá un Jurado formado por personas cualificadas en la materia, cuyo nombramiento corresponderá al Director general del INSERSO.

Cuarto.-Los gastos producidos por esta convocatoria de Premios INSERSO 1996, se imputarán a los créditos consignados en el programa 34.93, aplicación 226.2, del Presupuesto de Gastos y Dotaciones del Instituto Nacional de Servicios Sociales del corriente ejercicio económico.

Lo que se comunica a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 11 de Abril de 1996.-El Director general, Héctor Maravall Gómez-Allende.

Ilmos. Sres. Secretario general, Subdirectores generales de Administración y Análisis Presupuestario, de Gestión, de Servicios Técnicos e Interventor central del INSERSO.

ANEXO I

PREMIOS INSERSO 1996

Bases comunes

Primera.-Se convocan los Premios INSERSO 1996 en las siguientes especialidades: Premios Medios de Comunicación Social (prensa, radio y televisión), Premios de Investigación, Premios a la Integración Laboral y Social, Premios Extraordinarios.

La cuantía de cada uno de los premios se detallan en las bases específicas.

Segunda.-El tema obligado, en todas y cada una de las especialidades incluidas en esta convocatoria será: La prevención, la integración social o la promoción de servicios sociales dirigidos a las personas con minusvalías, personas mayores y refugiados.

Tercera.-El plazo de admisión de trabajos finalizará el 30 de septiembre de 1996.

Cuarta.-Los trabajos podrán remitirse por correo certificado al Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO), avenida de la Ilustración, sin número, con vuelta a Ginzo de Limia, 58, 28029 MADRID, o entregarse personalmente en el Registro General de este Instituto, planta 0, indicando en el sobre «Premios INSERSO» y especialidad a la que concursa.

Los trabajos presentados deberán ir acompañados de:

Solicitud cumplimentada, cuyo modelo figura en la convocatoria como anexo II.

Fotocopia del número de identificación fiscal o cédula de identificación personal del concursante o representante de la asociación, colectivo o institución.

Documentos y certificados exigidos en las bases que regulan cada una de las especialidades.

Quinta.-Los trabajos pueden ser realizados en cualquier idioma de los utilizados en el ámbito del Estado español, debiendo enviar, en su caso, traducción del texto en castellano.

Sexta.-Los premios serán indivisibles, pudiendo declararse desiertos.

Séptima.-No se tomarán en consideración los trabajos que hayan sido premiados en otros concursos.

No se valorarán aquellos trabajos que hayan sido realizados con financiación total o parcial del Instituto Nacional de Servicios Sociales.

Octava.-No podrá concurrir a esta convocatoria el personal que preste servicios retribuidos en el Instituto Nacional de Servicios Sociales.

Novena.-Los premios se otorgarán por Resolución del Director general del Instituto Nacional de Servicios Sociales, a propuesta de los Jurados nombrados al efecto, formados por expertos en las diferentes modalidades convocadas.

Décima.-La presentación a la convocatoria supone la plena aceptación por parte del concursante de todas las bases que regulan el concurso. No serán admitidos los trabajos que no reúnan los requisitos establecidos en las mismas.

Undécima.-El fallo será inapelable y se hará público en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su notificación personal a los interesados.

Duodécima.-Las obras presentadas que no resulten premiadas podrán ser retiradas dentro del plazo de tres meses, a contar desde la publicación del fallo del Jurado en el «Boletín Oficial del Estado».

PREMIOS MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL

Primera.-Podrán optar a estos premios, los artículos o reportajes, programas de radio, programas de televisión que traten sobre la problemática en España o países iberoamericanos de personas con minusvalía, personas mayores y refugiados y que hayan sido publicados o emitidos en revistas, diarios, emisoras de radio o cadenas de televisión de estos países.

Los artículos o reportajes de prensa, programas de radio o televisión tienen que haber sido publicados o emitidos durante el período comprendido del 30 de septiembre de 1995 al 30 de septiembre de 1996.

Segunda.-Los concursantes deberán presentar el siguiente material:

Prensa:

a) Podrán participar con un solo artículo o con varios hasta un máximo de seis. Los artículos podrán haber sido publicados con nombre, seudónimo o sin firma. En estos dos últimos casos, el Director de la publicación deberá certificar el nombre del autor.

b) Dos ejemplares o fotocopias de cada artículo publicado, especificando los datos completos del concursante, título y fecha de publicación.

c) Autorización para la reproducción y difusión de los artículos premiados.

Radio:

a) Selección de guiones, no superior a seis de la serie de programas emitidos. Los guiones se remitirán por duplicado.

b) Una sola copia, en cinta cassette, de los programas presentados, tal como fueron emitidos.

c) Certificado del Director de la emisora, en la que se acredite el título, fecha y hora de emisión y composición del equipo realizador.

d) Documento que acredite la concesión o autorización administrativa que habilite la utilización de las redes de comunicación emitidos por el Ministerio de Obras Públicas y Transporte (hoy Ministerio de Transporte, Turismo y Comunicaciones).

e) Autorización para la utilización de los programas premiados para los fines del INSERSO.

Televisión:

a) Una copia en vídeo, en formato VHS, sistema español.

b) Certificado del Director de la emisora, en la que se acredite el título, fecha, hora de emisión y composición del equipo realizador.

c) Documento que acredite la concesión o autorización administrativa que habilite la utilización de las redes de comunicación emitidos por el Ministerio de Obras Públicas y Transporte (hoy Ministerio de Transporte, Turismo y Comunicaciones).

d) Declaración de que no existen problemas de reproducción de la imagen de las personas que aparezcan en los trabajos presentados, responsabilizándose de las posibles reclamaciones que por este motivo pudiesen originarse.

e) Autorización para la utilización de los programas premiados para los fines del INSERSO.

Tercera.-Los artículos podrán ser reproducidos y difundidos a través de las revistas y publicaciones del INSERSO, indicándose siempre los datos del autor.

Los programas de radio y televisión premiados podrán ser emitidos y difundidos en todos aquellos actos institucionales, jornadas informativas, etc., en los que intervenga el INSERSO y que considere que su difusión pueda resultar de interés para los objetivos que tiene encomendados el Instituto.

Cuarta.-El INSERSO y las Consejerías con competencia en temas de servicios sociales de las Comunidades Autónomas podrán proponer al Jurado de esta especialidad, la concesión de alguno de los premios, aunque no se hayan presentado al concurso a:

Profesionales de la información que hayan destacado, durante el período exigido en las bases de esta convocatoria, por su esfuerzo y labor en el tratamiento de estos temas en periódicos, revistas, agencias de prensa, emisoras de radio o cadenas de televisión.

O bien se podrá otorgar a un periódico, revista, programa de radio o televisión que tenga un reconocido prestigio por su destacada labor de sensibilización y difusión en el área de los servicios sociales, y que haya sido publicado o emitido en el período de tiempo exigido en la convocatoria.

Quinta.- Se concederán los siguientes premios:

Premio-INSERSO Prensa: 1.000.000 de pesetas.

Premio-INSERSO Radio: 1.000.000 de pesetas.

Premio-INSERSO Televisión: 1.000.000 de pesetas.

PREMIOS DE INVESTIGACION

Primera.-Podrán presentarse a este premio los españoles o iberoamericanos, tanto individualmente como en equipo, así como entidades o empresas que hayan realizado una investigación de la que resulte o pueda resultar un instrumento, servicio o plan de actuación que coopere a la integración social de las personas con minusvalía, personas mayores y refugiados, bien porque favorezca su autonomía personal o bien porque mejore la calidad de vida de estas personas.

Segunda.-Estos trabajos de investigación deberán versar sobre:

Investigación en tecnología de la rehabilitación.

Estudios sociales y económicos.

Deberán ser inéditos.

Presentación:

Tendrán una extensión no inferior a 100 folios.

Se enviarán, por duplicado, en tamaño DIN A-4, mecanografiados a doble espacio, por una sola cara.

Los trabajos podrán venir acompañados de los gráficos, descripciones o cualquier elemento que ayude a los Jurados a la toma de sus decisiones.

Tercera.-En los trabajos de investigación figurará exclusivamente el título. Los datos identificativos del autor o autores constarán únicamente en los documentos reseñados en la base común cuarta (boletín de solicitud, anexo II).

Cuarta.-Los trabajos premiados de investigación podrán ser publicados y difundidos por el INSERSO, indicando siempre los datos del autor.

Quinta.-Se concederán en esta especialidad los siguientes premios:

Primer premio: 2.000.000 de pesetas.

Segundo premio: 1.000.000 de pesetas.

PREMIOS A LA INTEGRACION LABORAL Y SOCIAL

Primera.-Podrán presentarse todas aquellas empresas, entidades y asociaciones u organismos españoles o iberoamericanos que consideren haber realizado una labor relevante en favor de la integración laboral de las personas con minusvalía o refugiados o bien hayan desarrollado programas o actividades de cuyos resultados se haya logrado una mejor integración social tanto de los colectivos anteriormente citados como de las personas mayores.

Segunda.-Los concursantes deberán remitir, por duplicado, una Memoria explicativa, no inferior a 25 folios, mecanografiada a doble espacio y por una cara, exponiendo la labor desarrollada dentro del tema citado.

En la Memoria explicativa, sin perjuicio de que los participantes expongan otras informaciones que consideren de interés, se valorarán los siguientes datos:

Integración laboral.-Motivaciones para emprender estas acciones, descripción del centro o de las actividades, número de trabajadores, tipo de trabajo que realiza, promoción de los trabajadores, objetivos futuros.

Indicar si algún organismo oficial o entidad ha colaborado en el desarrollo de la experiencia y, en su caso, nombre del mismo.

Integración social.-Motivaciones para emprender estas acciones, duración del programa y sus objetivos, número y características de las personas beneficiadas, resultados de la integración social del grupo.

Indicar si algún organismo oficial o entidad ha colaborado en el desarrollo de la experiencia y, en su caso, nombre del mismo.

Tercera.-El Jurado de esta especialidad, en el ejercicio de sus funciones, podrá pedir asesoramiento o recabar la información complementaria que estime procedente.

Cuarta.-Las experiencias premiadas podrán ser publicadas y difundidas por el INSERSO, indicando siempre los datos del autor.

Quinta.-Se concederán en esta especialidad dos premios:

Premio a la integración laboral: 1.000.000 de pesetas.

Premio a la integración social: 1.000.000 de pesetas.

PREMIOS EXTRAORDINARIOS A ENTIDADES, ASOCIACIONES,

EMPRESAS O PERSONAS

Primera.-El Instituto Nacional de Servicios Sociales podrá premiar a las entidades públicas o privadas, asociaciones, empresas o personas españolas o iberoamericanas que hayan destacado durante el período de tiempo exigido en las bases de la convocatoria por un hecho puntual concreto y excepcional en favor de personas con minusvalía, personas mayores y refugiados y que este hecho haya sobresalido de manera notable, teniendo un gran alcance social.

Asimismo, con motivo del Año Internacional de la Erradicación de la Pobreza se ha incluido en este apartado un premio extraordinario que se otorgará a aquellas entidades, asociaciones, empresas o personas que se hayan distinguido por promover acciones o medidas en favor del bienestar económico y social de estos colectivos consiguiendo una sociedad más justa y equilibrada en su distribución de la riqueza.

Segunda.-Estos premios extraordinarios se concederán a propuesta de cualquier persona u organismo, sin que sea posible que las entidades, asociaciones, empresas o personas lo soliciten para sí mismas.

Aquellas personas u organismos que consideren que una determinada entidad, etc., es merecedora de estos premios, por conocer su destacada labor desarrollada en favor de estos colectivos, podrán dirigirse al Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO) y efectuar la propuesta correspondiente, aportando una Memoria explicativa en la que se recojan las acciones, medidas y toda aquella información que acredite los méritos estimados para acceder a estos premios.

El INSERSO y las Consejerías con competencia en temas de servicios sociales de las Comunidades Autónomas podrán, asimismo, proponer al Jurado, para su estudio y consideración, el nombre de aquellas entidades, asociaciones, empresas o personas que, a su juicio, consideren reúnen requisitos suficientes.

Tercera.-El Jurado de los premios extraordinarios analizará y valorará las actividades y logros conseguidos. En el ejercicio de su función podrá pedir asesoramiento o recabar la información complementaria que estime procedente.

Cuarta.-En este apartado se concederán dos premios:

Premio extraordinario de 1.000.000 de pesetas.

Premio extraordinario a la contribución para la erradicación de la pobreza de 1.000.000 de pesetas.

ANEXO II

PREMIOS INSERSO 1996

Boletín de inscripción

Datos del participante o representante autorizado:

Apellidos: , nombre: , número de identificación fiscal, pasaporte o cédula de identificación personal , domicilio: Calle/plaza , número ......, municipio: , código postal: , provincia: , teléfono: , país:

A título individual.

Como representante de la asociación, colectivo o institución.

Participa:

Domicilio:

Personas que componen el equipo: Especialidad a la que concursa:

Datos del trabajo que presenta:

Título:

Modalidad / Material que presenta

Prensa /

Radio /

Televisión /

Integración laboral /

Integración social /

Investigación /

Premio extraordinario /

SOLICITA: Ser admitido como participante en los Premios INSERSO 1996, en la modalidad antes expresada, a cuyo efecto acompaño cuanto se exige en las bases de la convocatoria, aceptanto éstas en su totalidad.

, a de 1996.

(Firma)

Documentos que se acompañan:

Fotocopia número de identificación fiscal o cédula de identificación personal de los participantes y/o representantes.

Prensa (Premios Medios de Comunicación):

Autorización de reproducción artículos (base segunda).

Autorización de reproducción suscrita por empresa editora o propietaria (base segunda).

Radio (Premios Medios de Comunicación):

Certificado Director emisora (base segunda).

Certificado de concesión o autorización administrativa para la utilización de redes de comunicación.

Autorización emisión programa (base segunda).

Televisión (Premios Medios de Comunicación):

Certificado reproducción de imagen (base segunda).

Certificado de concesión o autorización administrativa para la utilización de redes de comunicación.

Certificado Director emisora (base segunda).

Investigación:

Autorización para su publicación (base cuarta).

ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid