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Documento BOE-A-1996-10268

Resolución de 15 de marzo de 1996, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se conceden becas a Diplomáticos árabes de la convocatoria de becas del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo (ICMAMPD), para participar en un curso de formación y sobre la realidad española actual, en la Escuela Diplomática de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 8 de mayo de 1996, páginas 16047 a 16047 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1996-10268

TEXTO ORIGINAL

En uso de las facultades conferidas por la Orden de 26 de marzo de 1992, por la que se regula la concesión de becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción y de viajes y estancia,

Esta Presidencia, en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 6.º del Real Decreto 1527/1988, ha resuelto:

Primero.-Conceder becas a los Diplomáticos árabes que a continuación se indican:

Argelia:

1. El Hady Itim.

2. Belgaid Belkacem.

Egipto:

1. Ajmed Adel El Samawy.

2. Karim Mohammed El Sadat.

3. Sherif Moustafa El-Diwany.

Líbano:

1. Rana Mokaddem.

Libia:

1. Abdullatif El Khazmi.

Marruecos:

1. Mustapha El-Yemli.

2. Tarik Louajri.

Túnez:

1. Zayed Baccari.

De acuerdo con lo establecido en la Resolución de 9 de febrero de 1996 («Boletín Oficial del Estado» del 22), de Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se aprueba la convocatoria de becas del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo para Diplomáticos Arabes, para participar en un curso de formación y sobre la realidad española actual, en la Escuela Diplomática en Madrid, durante los meses de abril y mayo de 1996, conforme a las condiciones que se citan en el anexo, y de la propuesta de Resolución adjunta de la Comisión Evaluadora de Becas del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo de fecha 8 de marzo de 1996.

Segundo.-Los derechos económicos que generan estas becas, cuantificados en esta Resolución, son:

a) Mensualidad de 153.000 pesetas persona/mes.

b) Seguro de asistencia sanitaria persona/mes: 2.150 pesetas.

Tercero.-Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las becas reconocidas en esta Resolución, en los términos previstos en la citada Orden de 26 de marzo de 1992.

Madrid, 15 de marzo de 1996.-La Presidenta, Ana María Ruiz-Tagle Morales.

Ilmos. Sres. Director general del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo y Secretaria general de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

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