En el recurso contencioso-administrativo número 732/1994, seguido a instancia de don Alfonso García Chaves, y que versa sobre Resolución dictada por el Rector de la Universidad de Extremadura, de fecha 28 de febrero de 1994, desestimando la solicitud de escrito de fecha 22 de febrero de 1994, de concesión de licencia de un mes por cambio de destino de distinta localidad, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha dictado sentencia con fecha 25 de marzo de 1996, cuya parte dispositiva contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Que, estimando sustancialmente el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Alfonso García Chaves contra la Resolución del Rectorado de la Universidad de Extremadura, de fecha 28 de febrero de 1994, que le desestimó la solicitud sobre concesión del plazo de un mes para incorporarse al nuevo destino, debemos declarar y declaramos la nulidad de la Resolución impugnada por no ser ajustada al ordenamiento jurídico y, en su lugar, reconocemos al recurrente el derecho solicitado. No hacemos especial pronunciamiento en cuanto al pago de las costas.»
En su virtud, este Rectorado, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1989, de 1 de junio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Badajoz, 10 de abril de 1996.-El Rector, César Chaparro Gómez.
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