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Documento BOE-A-1996-10185

Orden de 12 de abril de 1996 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en los recursos contencioso-administrativos números 2.267/1991 y acumulados, promovidos respectivamente por doña María Ángeles Llorens Bañón y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 7 de mayo de 1996, páginas 15875 a 15876 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1996-10185

TEXTO ORIGINAL

Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme, dictada con fecha 20 de octubre de 1995, por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Sección Segunda), en los recursos contencioso-administrativos números 2.267/1991 y acumulados, números 2.268/1991, 2.269/1991, 2.270/1991, 2.271/1991, 2.272/1991, 2.311/1991 y 432/1992, promovidos respectivamente por doña María Angeles Llorens Bañón, doña Carmen Sanchis Peris, doña Rosa María Yago Mico, don Francisco Vicente Fornés Ubeda, doña Lidia Nebot Rico, doña María Victoria Zárate de Manuel, don Felipe Antonio Perla Muedra, don José Guillén Miralles, don Salvador Baixauli Navarro, don José María Farrairo Signes, don Angel García Peris, doña Carmen López Navarro, doña Enriqueta Liñana Martorell, don Juan Manuel Meseguer Gil, don Juan Antonio Arrufat Boix, don José Manuel Agramunt Soler, don Jesús Albert Sanz, don Angel Beltrán Monblanch, doña Josefa Espuch Bertomeu, don Kamel Sayegh Ziadhe y don Joaquín Benedicto Herrero, contra Resoluciones expresas de este Ministerio desestimatorias de los recursos de reposición, formulados sobre su exclusión de la lista de admitidos al curso de perfeccionamiento para obtención del título de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Valencia, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

«Fallamos: Se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María Angeles Llorens Bañón, doña Carmen Sanchis Peris, doña Rosa María Yago Mico, don Francisco Vicente Fornés Ubeda, doña Lidia Nebot Rico, doña María Victoria Zárate de Manuel, don Felipe Antonio Perla Muedra, don José Guillén Miralles, don Salvador Baixauli Navarro, don José María Farrairo Signes, don Angel García Peris, doña Carmen López Navarro, doña Enriqueta Liñana Martorell, don Juan Manuel Meseguer Gil, don Juan Antonio Arrufat Boix, don José Manuel Agramunt Soler, contra las Resoluciones del Director general de Recurso Humanos y Organización del Ministerio de Sanidad y Consumo de fechas 25 de junio, 5 y 6 de agosto, 24, 25, 27 y 30 de septiembre y 1 y 3 de octubre de 1991, que desestimaron los recursos de reposición interpuestos contra las Resoluciones que inadmitieron a los recurrentes al curso de perfeccionamiento para la obtención del título de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria, en el ámbito de la Comunidad Valenciana, y contra la desestimación, por silencio, de los recursos de reposición interpuestos contra las Resoluciones de 4 de marzo de 1991, en los casos en los que no fueron resueltos expresamente, actos administrativos que se anulan por aparecer contrarios a Derecho. Se reconoce como situación jurídica individualizada de los actores citados su derecho a ser admitidos en el curso de perfeccionamiento para la obtención del título de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria, en el ámbito de la Comunidad Valenciana. Se desestiman los recursos interpuestos por don Jesús Albert Sanz, don Angel Beltrán Monblanch, doña Josefa Espuch Bertomeu, don Kamel Sayegh Ziadhe y don Joaquín Benedicto Herrero. No se hace expresa imposición de costas.»

Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.

Madrid, 12 de abril de 1996.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.

Ilmo. Sr. Director general de Ordenación Profesional.

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