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Documento BOE-A-1995-9486

Resolución de 6 de febrero de 1995, del Instituto de Turismo de España, por la que se anula el titulo-licencia de agencia de viajes a «Viajes Ezkurdi, Sociedad Anónima», CIE número 2.077.

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 18 de abril de 1995, páginas 11426 a 11427 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1995-9486

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a la agencia «Viajes Ezkurdi, Sociedad Anónima», a propuesta de la Delegación Territorial de Comercio, Consumo y Turismo del Gobierno Vasco en Vizcaya, sobre revocación del título-licencia;

Resultando que una vez cumplidos los trámites reglamentados por Orden de 26 de mayo de 1992, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 10 de julio de 1992, se concedió el título-licencia de agencia de viajes minorista a «Viajes Ezkurdi, Sociedad Anónima», con el código identificativo de Euskadi CIE número 2.077 y casa central en Durango (Vizcaya), Santa María, 4;

Resultando que «Banco Mapfre, Sociedad Anónima», comunicó a la Dirección General de Estrategia Turística, con sesenta días de antelación a su vencimiento, que a partir del día 25 de febrero de 1994 el aval suscrito con la agencia «Viajes Ezkurdi, Sociedad Anónima», quedaba cancelado;

Resultando que de la comunicación de «Banco Mapfre, Sociedad Anónima», se remitió escrito por la Dirección General de Estrategia Turística a la agencia «Viajes Ezkurdi, Sociedad Anónima», en el sentido de que sustituyera el aval, de acuerdo con la legislación vigente;

Considerando que la agencia «Viajes Ezkurdi, Sociedad Anónima», no ha asumido la obligatoriedad de mantener vigente la fianza y cumplido los plazos establecidos por la Delegación Territorial de Comercio, Consumo y Turismo del Gobierno Vasco en Vizcaya y de la Dirección General de Estrategia Turística, de acuerdo con la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin haber obtenido respuesta positiva;

Considerando que la agencia «Viajes Ezkundi, Sociedad Anónima», ha incurrido en la infracción de revocación del título-licencia que contempla el artículo 12, apartado c), de las normas reguladoras por las que se rigen las agencias de viajes, aprobadas por la Orden de 14 de abril de 1988.

En su virtud esta Presidencia, en uso de las competencias establecidas por el Estatuto Ordenador de las Empresas y de las Actividades Turísticas Privadas, aprobado por el Decreto 231/1965, de 14 de enero («Boletín Oficial del Estado» de 20 de febrero); por el Real Decreto 2488/1978, de 25 de agosto («Boletín Oficial del Estado» de 26 de octubre), sobre transferencia de competencias de la Administración del Estado al Consejo General del País Vasco; por el Real Decreto 1289/1993, de 30 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 31), por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio de Comercio y Turismo, y por el Real Decreto 1693/1994, de 22 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 23), por el que se reorganiza la Secretaría General de Turismo, ha tenido a bien disponer:

Anular el título-licencia otorgado por Orden de 26 de mayo de 1992, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 10 de julio de 1992, a la agencia minorista «Viajes Ezkurdi, Sociedad Anónima», con el código identificado de Euskadi CIE número 2.077 y casa central en Durango (Vizcaya), Santa María, 4.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso ordinario ante el excelentísimo señor Ministro de Comercio y Turismo en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de la misma en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 6 de febrero de 1995.-El Presidente, Miguel Góngora Benítez de Lugo.

Ilmo. Sr. Director general de Estrategia Turística.

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