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Documento BOE-A-1995-8491

Orden de 17 de marzo de 1995 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 1.734/1991, interpuesto por don José Dolores Matito García.

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 6 de abril de 1995, páginas 10405 a 10406 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1995-8491

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 17 de octubre de 1994, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.734/1991, promovido por don José Dolores Matito García, sobre integración en la escala a extinguir de Guardas rurales; sentencia cuya parte dispositiva dice así:

«Fallo: Desestimamos íntegramente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José Dolores Matito García, contra la Resolución del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 9 de enero de 1990, que resolvió el recurso de alzada contra la del Director general del Instituto de Relaciones Agrarias de 30 de octubre de 1989, declarando ambos acuerdos la incompetencia para resolver la petición de integración en la escala a extinguir de Guardas rurales; por ser competencia de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, del Ministerio para las Administraciones Públicas, y remitiéndole el expediente, por ser dichas resoluciones conformes con el ordenamiento jurídico, por lo que las confirmamos; sin expresa imposición de las costas causadas en este proceso.»

Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.

Madrid, 17 de marzo de 1995.-P. D. (Orden de 30 de julio de 1990), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.

Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general del IFA.

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