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Documento BOE-A-1995-7726

Resolución de 3 de febrero de 1995, del Departamento de Cultura, por la que se incoa expediente de reclasificación como bien cultural de interés nacional, con la categoría de conjunto histórico, al sector del Port Bo, de Calella de Palafrugell y de delimitación de su entorno.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 28 de marzo de 1995, páginas 9643 a 9645 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1995-7726

TEXTO ORIGINAL

La playa de Port Bo es un barrio del pueblo de Calella de Palafrugell (Baix Empordà), el más meridional de los núcleos marítimos del término, entre las puntas de En Blanc y la de Forcats. Fue inicialmente puerto natural de Palafrugell y se convirtió en un centro de actividad comercial y pesquera. Conserva el trazado original de las calles, de un gran tipismo, y los blancos edificios porticados en primera línea de mar, que posiblemente servían de cobijo de los autensilios de pesca, con las barcas varadas en la arena como testigos de una actividad pasada que aún perdura. Todo este conjunto es un ejemplo de arquitectura tradicional que conserva su encanto, igual que la mayor parte de los edificios que flanquean las calles interiores.

Visto el informe de la Dirección General del Patrimonio Cultural que motiva la necesidad de proteger el sector urbano de Port Bo, de Calella de Palafrugell, con la categoría de conjunto histórico;

Visto el informe de la Dirección General del Patrimonio Cultural que justifica la necesidad de fijar un entorno de protección al conjunto histórico del Port Bo, de Calella de Palafrugell, por el interés social de permitir una correcta visualización y para preservar el equilibrio armónico con el paisaje que lo rodea;

Considerado que mediante el Decreto de 15 de septiembre de 1972, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 24 de octubre, se declararon determinados sectores de la Costa Brava, paraje pintoresco, entre los que se encuentra la población de Calella de Palafrugell;

Considerando la disposición adicional quinta de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, según la cual la declaración de los parajes pintorescos deberá ser reclasificada en el plazo de tres años a favor de alguna de las figuras establecidas por el artículo 7 de la citada Ley por la legislación sobre espacios naturales;

Considerando el artículo 8 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, y el artículo 2 del Decreto 267/1991, de 25 de noviembre;

Considerando los artículos 84 y 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo:

Primero.-Incoar expediente de reclasificación como bien cultural de interés nacional, con la categoría de conjunto histórico, en el sector del Port Bo, de Calella de Palafrugell y de delimitación de su entorno, de acuerdo con el plano que se publica junto con esta Resolución.

Segundo.-Abrir un período de información pública de un mes para que en este plazo se puedan presentar alegaciones. El expediente se puede examinar y las alegaciones pueden presentarse durante este período en la sede de los Servicios Territoriales del Departamento de Cultura en Girona, calle Ciutadans, 18 (Casa Solterra), Girona.

Barcelona, 3 de febrero de 1995.-El Consejero, Joan Guitart i Agell.

(PLANO OMITIDO)

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