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En su consecuencia, declaramos el derecho de la actora a la inscripción de la marca número 1.253.494 "Maxaquin", para los productos solicitados, condenando a la Administración a estar y pasar por dicha declaración y a la inscripción de la denominación expresada.
Todo ello, sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 28 de febrero de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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