En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Felipe Barrigón Barrero, contra la Administración del Estado, sobre indemnización por funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, la Sección Cuarta de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia con fecha 26 de octubre de 1994, cuya parte dispositiva dice:
«Fallamos: Desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Felipe Barrigón Barrero, contra la desestimación presunta, por silencio administrativo de la petición de indemnización por responsabilidad patrimonial de la Administración de Justicia, ampliándose luego a la resolución expresa del Ministerio de Justicia de 4 de diciembre de 1992, que estimó parcialmente dicha petición, por ser dicha resolución expresa, en los extremos examinados, conforme con el ordenamiento jurídico.
Y todo ello sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes procesales.»
En su virtud, este Ministerio de Justicia e Interior, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 10 de febrero de 1995.-P. D., el Subsecretario, Luis Herrero Juan.
Ilmo. Sr. Secretario general de Justicia.
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