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Documento BOE-A-1995-7029

Orden de 23 de febrero de 1995 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Ministros del día 10 de febrero de 1995, en el que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en fecha 10 de octubre de 1994 por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso contencioso-administrativo número 1/7.316/1992, interpuesto por don Juan Morón Aliaga y otro.

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 21 de marzo de 1995, páginas 8842 a 8842 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1995-7029

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1/7.316/1992, interpuesto por don Juan Morón Aliaga y otro, contra Resoluciones del Consejo de Ministros de fecha 31 de enero de 1992, denegatorias del reconocimiento del derecho a indemnización de los daños y perjuicios por habérseles declarado incompatibles para el ejercicio de su segundo puesto de trabajo en el sector público, en aplicación de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades de Personal al Servicio de la Administración Pública, y contra las posteriores Resoluciones del mismo órgano de fecha 12 de junio de 1992, desestimatorias de los recursos de reposición formulados contra los acuerdos citados, se ha dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Sexta), con fecha 10 de octubre de 1994, sentencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Fallamos: «Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de don Juan Morón Aliaga y don Luis Palacios Hinojosa, contra Resoluciones del Consejo de Ministros de fecha 31 de enero de 1992, denegatorias del reconocimiento del derecho a indemnización de los daños y perjuicios por habérseles declarado incompatibles para el ejercicio de su segundo puesto de trabajo en el sector público, en aplicación de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades de Personal al Servicio de la Administración Pública, y contra las posteriores Resoluciones del mismo órgano de fecha 12 de junio de 1992, desestimatorias de los recursos de reposición formulados contra los acuerdos citados, que declaramos conformes a Derecho, sin haber lugar a ninguna declaración sobre inconstitucionalidad solicitada. Sin declaración sobre el pago de costas.»

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 10 de febrero de 1995, ha dispuesto, conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Madrid, 23 de febrero de 1995.-P. D. (Orden de 1 de octubre de 1993), el Subsecretario, Fernando Sequeira de Fuentes.

Ilmo. Sr. Subsecretario.

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