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Documento BOE-A-1995-6015

Orden de 20 de febrero de 1995 por la que se autoriza la implantación anticipada de ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño establecidos por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 8 de marzo de 1995, páginas 7741 a 7741 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-6015

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1487/1994, de 1 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 28), que modifica y completa el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establece que la formación específica de grado medio y de grado superior se implantará progresivamente conforme a la consolidación de la reforma, autorizando en su artículo 50 a las administraciones educativas a la implantación anticipada de ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño en el número determinado de centros de sus respectivos ámbitos territoriales.

Superada la fase de experimentación de los ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño a que autorizaban las Ordenes de 14 de febrero de 1991 («Boletín Oficial del Estado» del 22) y 4 de noviembre de 1991 («Boletín Oficial del Estado» del 13) y verificados sus resultados, éstos han aconsejado iniciar durante el presente curso académico 1994/1995, en determinados centros la implantación anticipada de los ciclos formativos cuyos títulos y currículos han sido establecidos por los Reales Decretos 1843/1994, de 9 de septiembre y 2843/1994, de 23 de diciembre, respectivamente.

Considerando, por tanto, que el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, faculta a las administraciones educativas a desarrollar y establecer cuantas disposiciones específicas sean precisas para la regulación de la implantación anticipada de ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño y teniendo en cuenta que las Escuelas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos designadas por la presente Orden reúnen los requisitos mínimos que el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril, establece para los centros que impartan dichos ciclos formativos, he dispuesto:

Primero.-Autorizar la implantación anticipada para el curso académico 1994/1995 de los ciclos formativos de grado superior de Artes Plásticas y Diseño de la familia profesional de las Artes Aplicadas de la Escultura en los centros del ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Ciencia que a continuación se indica:

Escuela de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos de Madrid número 1:

Ciclo formativo de grado superior de Artes Aplicadas de la Escultura.

Ciclo formativo de grado superior de Artes Aplicadas de la Madera.

Ciclo formativo de grado superior de Artes Aplicadas de la Piedra.

Ciclo formativo de grado superior de Artes Aplicadas del Metal.

Escuela de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos de Zaragoza:

Ciclo formativo de grado superior de Artes Aplicadas de la Escultura.

Segundo.-Las condiciones de acceso para dichos ciclos formativos serán las reguladas en los correspondientes currículos. No obstante, al ponerse de manifiesto el hecho de que las materias de Bachillerato exigidas para la exención de la prueba de acceso a estos ciclos formativos de grado superior han sido dadas a conocer en fecha posterior al momento de elección, los alumnos que hayan obtenido el título de Bachiller establecido en la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo en la modalidad de Artes o el segundo curso del Bachillerato Artístico experimental con anterioridad al curso 1994/1995, estarán exentos de la prueba que regula el acceso a estos estudios.

Tercero.-Los alumnos que deban repetir total o parcialmente el ciclo formativo experimental, una vez aplicadas las normas de evaluación establecidas, podrán incorporarse al ciclo formativo que lo reemplace según el cuadro de equivalencias contenido en el anexo de la presente Orden y en las condiciones que establece el currículo aprobado en cuanto al número máximo de módulos pendientes para promoción de curso.

Cuarto.-A partir del curso 1995/1996, se iniciará la supresión de la impartición del primer curso de la especialidad experimental de Técnicas del Volumen en las Escuelas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos de Madrid número 1 y Zaragoza.

Quinto.-La Secretaría de Estado de Educación dispondrá lo pertinente para la interpretación y ejecución de las instrucciones que se aprueban por la presente Orden, que entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 20 de febrero de 1995.

SUAREZ PERTIERRA

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Educación.

ANEXO

Materias de ciclo formativo experimental de grado superior / Módulos del ciclo formativo de grado superior

Historia del Arte / Historia de las Artes Aplicadas de la Escultura.

Dibujo Artístico y Color / Dibujo Artístico y Color.

Geometría Descriptiva / Geometría Descriptiva.

Nuevos Materiales, Nuevas Tecnologías / Diseño Asistido por Ordenador.

Materiales y Tecnología / Materiales y Tecnología: Artes Aplicadas de la Escultura.

Técnicas Audiovisuales / Audiovisuales.

Volumen y Proyectos / Volumen y Proyectos.

Idioma Extranjero / Idioma Extranjero.

Taller de Talla Artística en Piedra / Taller de Talla Artística en Piedra.

Taller de Talla Artesanal en Piedra / Taller de Talla Artística en Piedra.

Taller de Talla Artística en Madera / Taller de Talla Artística en Madera.

Taller de Talla Artesanal en Madera / Taller de Talla Artística en Madera.

Taller de Forja Artística / Taller de Forja Artística.

Taller de Forja Artística y Metalistería / Taller de Forja Artística.

Taller de Vaciado Artesanal / Taller de Vaciado y Moldeado Artísticos.

Taller de Vaciado Artesanal y Moldeado / Taller de Vaciado y Moldeado Artístico.

Taller de Dorado y Policromía Artísticos / Taller de Dorado y Policromía Artísticos.

Taller de Ebanistería Artística / Taller de Ebanistería Artística.

Taller de Repujado Artístico en Cuero / Taller de Repujado Artístico en Cuero.

Taller de Cementos, Encofrados y Piedras Artificiales / Taller de Cementos, Encofrados y Piedras Artificiales.

Taller de Terracotas y Estucos / Taller de Terracotas y Estucos.

Taller de Fundición Artística / Taller de Fundición Artística.

Taller de Galvanoplastia / Taller de Galvanoplastia.

Taller de Medallas / Taller de Medallas.

Formación y Orientación Laboral / Formación y Orientación Laboral.

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