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Documento BOE-A-1995-5704

Resolución de 21 de febrero de 1995, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se resuelve el expediente incoado con fecha 2 de septiembre de 1994 a la entidad de crédito «Banco de Santander, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 3 de marzo de 1995, páginas 7447 a 7447 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-5704

TEXTO ORIGINAL

En el expediente incoado con fecha 2 de septiembre de 1994 por el Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria a la entidad de crédito «Banco de Santander, Sociedad Anónima», en relación con su actuación como colaboradora en la gestión recaudatoria y en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.6 del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 1684/1990 de 20 de diciembre), se ha adoptado la Resolución que a continuación se publica:

«Primero.-Excluir de la prestación del servicio de colaboración por un plazo de doce meses a la oficina número 1502 de la entidad "Banco de Santander, Sociedad Anónima", sita en la plaza de España, número 24 de Zafra (Badajoz).

Segundo.-La referida exclusión se extenderá a todas las operaciones que, como colaboradora en la gestión recaudatoria, efectúe la oficina afectada, con excepción de las devoluciones por transferencia correspondientes al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 1993.

Tercero.-Este Departamento de Recaudación podrá realizar las actuaciones de comprobación que estime oportunas a los efectos de constatar la efectividad de la exclusión acordada, trámite indispensable para que, transcurrido el plazo señalado, la oficina afectada pueda reiniciar sus actuaciones como colaboradora en la recaudación de tributos».

Contra la presente Resolución podrá interponerse, a tenor de lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso ordinario ante la Directora general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al recibo de la presente notificación.

La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de febrero de 1995.-El Director del Departamento de Recaudación, Luis Félix Pedroche Rojo.

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