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Documento BOE-A-1995-5693

Real Decreto 233/1995, de 10 de febrero, por el que se indulta a don Manuel Alvaro Lavado Alvaro.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 3 de marzo de 1995, páginas 7445 a 7445 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia e Interior
Referencia:
BOE-A-1995-5693

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de indulto de don Manuel Alvaro Lavado Alvaro, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en sentencia de fecha 10 de febrero de 1993, como autor de un delito de robo, comprensivo de un delito de utilización ilegítima de vehículo de motor ajeno, a la pena de cinco años cuatro meses y ocho días de prisión menor, y otro delito de tenencia ilícita de armas, a la pena de un año de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1988, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de febrero de 1995,

Vengo en conmutar a don Manuel Alvaro Lavado Alvaro la pena privativa de libertad impuesta por el delito de robo, comprensivo de un delito de utilización ilegítima de vehículo de motor ajeno, por otra de dos años de prisión menor, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito en el plazo de dos años desde la publicación del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 10 de febrero de 1995.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia e Interior,

JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE

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