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Documento BOE-A-1995-5683

Resolución de 14 de febrero de 1995, de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), por la que se aprueba la convocatoria general de becas y ayudas al estudio del Instituto de Cooperación con el Mundo Árabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo (ICMA, M y PD), para el curso académico 1995-1996.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 3 de marzo de 1995, páginas 7437 a 7443 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1995-5683

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de los programas de formación y de intercambio que desarrolla este organismo en el ámbito de la cooperación educativa y científica con los países árabes, mediterráneo y países en desarrollo, corresponde proceder a la convocatoria de becas y ayudas de estudio para el curso 1995-1996, convocatoria que debe ser difundida con la necesaria publicidad.

En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en el punto 1 del apartado 3.º de la Orden de 26 de marzo de 1992 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), por la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y por la que se establece la publicación anual de una convocatoria única por cada uno de los Institutos que se integran en la Agencia, y de lo dispuesto por el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la concesión de subvenciones públicas, esta Presidencia ha resuelto:

Primero.-Ordenar la publicación de la convocatoria del concurso general de becas y ayudas de estudio para el curso académico 1995-1996, del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo, conforme a las condiciones que se recogen en los anexos A y B de la presente Resolución.

Segundo.-Trimestralmente será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de becas y ayudas concedidas con arreglo a esta convocatoria.

Tercero.-La convocatoria será expuesta en los tablones de anuncios de las Representaciones Diplomáticas y Oficinas Técnicas de Cooperación de España en los países incluidos en el ámbito de la misma.

Cuarto.-Facultar al Director general del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo (ICMA, M y PD), en el ámbito de esta convocatoria, para dictar cuantas normas e instrucciones sean precisas en la interpretación, desarrollo y ejecución de la misma.

Madrid, 14 de febrero de 1995.-La Presidenta, Ana María Ruiz-Tagle Morales.

Ilmos. Sres. Director general del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo y Secretaria general de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

ANEXO A

Convocatoria general de becas y ayudas del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo (ICMA, M y PD), para el curso académico 1995-1996

Condiciones generales destinadas a países árabes y mediterráneos

Primera.-En el ámbito de lo previsto en la Orden ministerial de 26 de marzo de 1992, el concurso del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo tiene por objeto la adjudicación de becas y ayudas para el curso académico 1995-1996, con arreglo a las modalidades siguientes:

I) Becas y ayudas para ciudadanos árabes en España.

II) Becas y ayudas de verano para ciudadanos árabes en España.

III) Becas de curso para ciudadanos españoles en países árabes.

IV) Becas y ayudas de verano para ciudadanos españoles en el extranjero, y ciudadanos de la Unión Europea.

Segunda.-Estas becas y ayudas se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 12.103.134 A 481, quedando sujetas a la existencia de crédito en el presupuesto de cada ejercicio.

Tercera.-Las unidades informadoras y receptoras de las solicitudes podrán llevar a cabo, con la supervisión de la Embajada de España, una preselección de solicitudes de acuerdo con las directrices marcadas por la Agencia Española de Cooperación Internacional. Se levantará acta de las actuaciones efectuadas, que será remitida, junto con las solicitudes a la AECI/ICMA, M y PD.

Cuarta.-La evaluación de las solicitudes se efectuará por una Comisión evaluadora, formada por el Director general del ICMA, M y PD y cuatro vocales, a designar por el Presidente de la Agencia, conforme a lo dispuesto en el apartado 4.º de la Orden ministerial de referencia, la cual actuará según los siguientes criterios:

a) Méritos académicos.

b) Evaluación formulada por las Embajadas de España.

c) Estudios que se derivan de los sectores de mayor interés para el ámbito de la cooperación española.

d) Viabilidad de la realización en España del tema elegido para la investigación.

e) Prioridades nacionales de las autoridades del país del candidato.

Una vez cerrado el plazo de admisión de solicitudes, se hará pública en el tablón de anuncios de la AECI la lista de solicitudes completas e incompletas, dentro de los tres meses siguientes a la fecha del cierre de la convocatoria, dando un plazo de quince días para completar su expediente.

La Comisión evaluadora formulará las propuestas de resolución de concesión o prórroga de las becas, en un período máximo de seis meses, contados a partir del término del plazo de presentación de las solicitudes. La Presidencia de la AECI dictará resolución, en el plazo de un mes, que notificará a los interesados, a través de las representaciones diplomáticas de España en el ámbito de esta convocatoria. Para la concesión o renovación de becas de intercambio para ciudadanos españoles la Presidencia de la AECI dictará resolución, previa aceptación por parte de las autoridades árabes, de la propuesta efectuada por la Comisión evaluadora.

Las resoluciones de becas y ayudas concedidas y denegadas se expondrán en los tablones de anuncios de las representaciones diplomáticas de España en los países del ámbito de esta convocatoria, así como en el tablón de anuncios de la AECI (avenida Reyes Católicos, número 4, 28040 Madrid).

Contra estas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso administrativo ordinario en el plazo de un mes, a partir de la fecha de la publicidad de la resolución, ante el señor Ministro de Asuntos Exteriores, conforme a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinta.-La información, tramitación de expedientes y demás gestiones a cargo del ICMA, M y PD, serán hechas por la Unidad de Becas del ICMA, M y PD /Países Arabes y Mediterráneo (avenida Reyes Católicos, número 4, 28040 Madrid, teléfono 583 83 59).

Sexta.-Obligaciones comunes a los beneficiarios:

1. Ciudadanos árabes:

a) Presentarse en el ICMA, M y PD en la fecha notificada.

b) Seguir la formación para la cual se le concedió la beca, no pudiendo cambiar de centro ni de estudios, sin el previo acuerdo del ICMA, M y PD.

c) Permanecer en territorio español durante el período de concesión de la beca, comunicando al ICMA, M y PD cualquier circunstancia excepcional e imprevisible que pudiera justificar una salida temporal, el período de ausencia, la incidencia en el estudio correspondiente y en la continuidad de la ayuda pública, resolviendo lo que proceda al órgano competente, al que se habrá de comunicar, en su caso, la fecha de regreso al territorio nacional.

d) Estas becas y ayudas son incompatibles con cualquier otra beca o ayuda, u otra actividad remunerada.

e) Aceptar el sistema de seguimiento de estudios establecido por el ICMA, M y PD.

f) Los beneficiarios de las becas de doctorado o de ayuda de investigación, deberán mencionar en la tesis o trabajo, su condición de beneficiario de AECI/ICMA, M y PD.

g) Forma de pago: El pago mensual de la beca se realizará mediante transferencia bancaria. Unicamente se pagará por cheque nominativo las primeras mensualidades, hasta que el becario posea la tarjeta de estudiante expedida por la Brigada Provincial (Ministerio de Justicia e Interior). Cuando el becario incumpla la normativa de pago establecida por la AECI perderá la mensualidad correspondiente. En caso de reincidencia, será motivo de revocación de la beca.

2. Ciudadanos españoles o comunitarios:

a) Asistir al curso completo y realizar los correspondientes exámenes.

b) Entregar un informe-memoria y certificado de aprovechamiento en el ICMA, M y PD/PAM, en un plazo de treinta días posteriores a la fecha de finalización del curso.

c) Estas becas o ayudas son incompatibles con cualquier otra beca o ayuda simultánea y/o para el mismo fin, u otra actividad remunerada.

3. Las becas y ayudas de esta convocatoria tendrán las retenciones fiscales que correspondan, según lo dispuesto en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Cualquier incumplimiento de las obligaciones señaladas podrá llevar consigo la revocación de la beca.

Séptima.-Los concursantes por el hecho de serlo, se entiende que aceptan en todos sus términos las presentes bases, así como el fallo de la Comisión evaluadora y la resolución de la Presidencia de la AECI.

Octava.-Corresponde al Director general del ICMA, M y PD, por delegación del Presidente de la Agencia, dictar cuantas normas sean precisas para la interpretación, desarrollo y ejecución de la presente convocatoria general.

Novena.-El régimen de becas de la AECI queda sujeto a la justificación de la actividad promocionada, así como a las obligaciones de reintegro y a régimen sancionador cuando proceda conforme al Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, y al texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, y demás normas reguladoras de la subvención.

I) Becas y ayudas para los ciudadanos árabes en España.

Décima.-Bases para Formación Profesional (según Convenio), pregrado, doctorado, especialización y español.

Cinco becas para realizar el doctorado en Estudios Internacionales Mediterráneos (DEIM), según convenio con la Universidad Autónoma de Madrid.

Tres becas para realizar estudios de Turismo en Barcelona, según convenio con Argelia.

Dos becas para especialización en cerámica, según convenio con Túnez.

Becas para cursos de Estudios Internacionales en la Escuela Diplomática.

Ayudas de estudio para pregrado, doctorado y tesis doctoral.

Convenio hispano-marroquí. Becas para pregrado, doctorado y especialización. Se otorgará carácter preferente a los siguientes estudios: Ingenierías: Marina Civil, Naval, Naval y Oceánica, Aeronáutica, Telecomunicación, Informática e Industrial. Ingenierías Técnicas: Aeronáutica, Electricidad, Electrónica, Explotaciones Agropecuarias, Hortofruticultura, Informática, Informática de Gestión, Informática de Sistemas, Industrial, Industrias Agrarias y Alimentarias, Máquinas Eléctricas, Mecánica, Química Industrial, Telecomunicación y Telemática. Ciencias Económicas y Empresariales: Administración y Dirección de Empresas. Ciencia y Tecnología de los Alimentos. Filología española. Medio Ambiente. Medicina preventiva. Recursos renovables, y todos los sectores ligados a proyectos de cooperación hispano-marroquí.

Undécima.-Requisitos de los participantes:

Tener nacionalidad árabe.

Para optar a las becas otorgadas a ciudadanos de distintos países árabes será requisito indispensable tener la nacionalidad del país al que se destina la beca.

Conocimientos suficientes del idioma español.

Estar en posesión de las titulaciones y convalidaciones necesarias para seguir los estudios elegidos.

Ser licenciado en algunas de las ramas de las Ciencias Sociales, Económicas o Jurídicas en los últimos cinco años, para los estudios internacionales mediterráneos.

Ser doctor o licenciado en Facultades Universitarias, Escuelas Técnicas Superiores o Centros de estudios que puedan considerarse equiparados para los estudios internacionales.

Poseer aptitud psicofísica para cursar los estudios proyectados, y no padecer enfermedades infecto-contagiosas.

Duodécima.-Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación traducida al español (originales o fotocopias compulsadas).

Impreso oficial de solicitud debidamente cumplimentado.

Fotocopia del pasaporte.

Tarjeta de estudiante, expedida por la Brigada Provincial (Ministerio de Justicia e Interior), (inclusive para las solicitudes de ayudas). Para los que hayan iniciado los estudios en España, deberán adjuntarla a la solicitud, y los nuevos becarios la presentarán en un plazo de tres meses.

Certificado de estudios, con especificación de notas.

Documento acreditativo del conocimiento del idioma español (con especificación del grado de conocimiento de la Lengua española).

Para los solicitudes de ayuda de estudios de primer curso de pregrado, deberán enviar el justificante de estar matriculado en el curso académico 1995/96, y el certificado de los estudios realizados en su país de origen, y para los solicitantes de segundo curso en adelante y doctorado, deberán presentar el justificante de matrícula y el certificado académico de los estudios realizados en España, con especificación de notas y cursos superados por año. Para los solicitantes que presenten su tesis a lo largo del año 1995, adjuntarán, junto con el certificado académico, un informe del Director de Tesis, indicando la fecha de su lectura. Para los que la hayan leído en este año, presentarán, junto al certificado académico, la documentación acreditativa de haber leído su tesis doctoral.

Certificado médico de poseer aptitud psico-física para cursar los estudios proyectados, gozar de buena salud y no padecer enfermedades infecto-contagiosas ni tropicales, extendido en un plazo anterior no superior a tres meses.

Carta de aceptación del centro solicitado o fotocopia del escrito dirigido por el interesado a dicho centro, solicitando admisión o reserva de plaza cuando sea necesaria.

Tres fotografías tamaño carné con nombre y apellidos al dorso.

Las solicitudes de beca para realizar la especialidad médica en España, deberán venir acompañadas de la autorización del Ministerio de Sanidad.

Certificado de convalidación de estudios cursados en el extranjero por los equivalentes españoles, o justificante de haberlo solicitado, si así lo requieren los estudios a realizar.

Para las solicitudes de doctorado deberán presentar un currículum vitae, una memoria de trabajo a realizar (de dos folios de extensión) y un informe de su Director de Tesis en el que se indique el grado de importancia del estudio a realizar. En el caso de Marruecos, este informe deberá ser remitido en sobre cerrado dirigido a la Comisión Evaluadora de Becas, y enviado a la Embajada de España en Rabat (Marruecos) (3, rue Zankat Madnine-B.P. 1354).

Para las becas de doctorado en Estudios Internacionales Mediterráneos (DEIM), deberán presentar además: Memoria explicativa de las razones que les llevan a solicitar la beca (máximo dos folios) y dos cartas de presentación.

Los ciudadanos marroquíes deberán presentar, además, un certificado del salario familiar.

Las solicitudes de beca para realizar estudios de Turismo, según Convenio con la República Argelina Democrática y Popular, deberán presentar la siguiente documentación:

Para graduado en Gestión de Actividades Hoteleras, además de los requisitos señalados anteriormente, la titulación exigida será: COU, Selectividad o FP II, Rama Administrativa y Comercial, con la correspondiente convalidación del Ministerio de Educación y Ciencia.

La preinscripción: En el mes de junio.

Curso de postgrado en Dirección y Organización de Empresas Hoteleras, además de los requisitos señalados anteriormente, la titulación exigida será: Graduado o Licenciatura Universitaria/Técnico en Empresas y Actividades Turísticas, con la correspondiente convalidación del Ministerio de Educación y Ciencia.

La preinscripción: En el mes de septiembre.

Estudios de especialización en Cerámica, en la Escuela Oficial de Cerámica, además de los requisitos señalados anteriormente, la titulación exigida será: Convalidación de los estudios equivalentes al COU español. Si no tuvieran estos estudios, deberán realizar una prueba de modelado, dibujo e Historia del Arte.

La preinscripción: En el mes de junio.

La compulsa de copias o fotocopias de la documentación adicional de las solicitudes, será realizada por los Consulados de España en la demarcación correspondiente.

Todos los documentos se acompañarán de su correspondiente traducción al español, o al idioma que conste en los respectivos convenios.

Decimotercera.-Las solicitudes y documentación requerida para las becas deberán presentarse hasta el 17 de abril de 1995 en:

Representación diplomática española o Unidades de Cooperación de la AECI en el país del solicitante para las becas unilaterales. (Los ciudadanos iraquíes deberán enviar sus solicitudes a la Embajada de España en Amman, Zaharan Str.-Jabal Amman P.O.B. 454, o a la Embajada de la República del Iraq, en Madrid, calle ronda de Sobradiel, 67-Parque Conde de Orgaz, 28043 Madrid. Los ciudadanos palestinos deberán enviar sus solicitudes al Consulado General de Jerusalén, «Suizattian-House» Sheik Jarrah Quartier-P.O.B-19/128.

En los países con los que existan compromisos bilaterales la documentación deberá tramitarse a través de los organismos competentes de la administración del país y dentro de los plazos fijados en los correspondientes programas de cooperación. Las solicitudes para ciudadanos marroquíes deberán enviarse a: Ministerio de Trabajos Públicos de la Formación Profesional y de la Formación de Cuadros. Dirección de la Formación de Cuadros, Quartier Administrative, Rabat.

Existen programas de cooperación con los siguientes países:

Argelia, Egipto, Jordania, Marruecos, Mauritania, Siria y Túnez.

Las solicitudes de ayudas se presentarán hasta el 11 de octubre de 1995, inclusive, en el ICMA, M y PD (avenida Reyes Católicos, número 4, Madrid), o por cualquiera de los medios previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

Decimocuarta. Duración.-Las becas se conceden por un máximo de doce meses, con posibilidad de renovación para el siguiente curso académico, y hasta finalizar los estudios.

Las becas obtenidas para licenciatura no serán prorrogadas para estudios de doctorado. No se concederán becas para asignaturas en segunda o más matrícula. Deberá haber una interrupción de tres años para solicitar nuevamente beca de este Instituto, durante los cuales, el solicitante deberá haber residido en su país de origen y haber trabajado, preferentemente, en la especialidad para la cual solicita la beca.

Las becas de doctorado en Estudios Internacionales Mediterráneos, tendrán una duración máxima de dos años.

Las becas de doctorado se conceden por un curso académico, con posibilidad de prorrogarse hasta tres cursos más. En lo que concierne a aquellos alumnos que llevan un tiempo realizando estudios de doctorado en el momento de la concesión de la beca, este tiempo les será tenido en cuenta a efectos del cómputo de los cuatro años.

Las solicitudes de renovación deberán presentarse antes del 31 de marzo en la AECI/ICMA, M y PD, acompañada de dos fotografías tamaño carné y fotocopia de la Tarjeta de Estudiante expedida por la Brigada Provincial (Ministerio de Justicia e Interior). Al finalizar el mes de julio deberán completar esta solicitud con un certificado académico original donde consten claramente todas las asignaturas, tanto las aprobadas como las suspendidas, no presentadas, etc. Los estudiantes que estén realizando la tesis doctoral, deberán presentar un informe de la labor realizada durante el curso con el visto bueno de su Director de Tesis.

Décimoquinta. Dotación:

Beca: 90.000 pesetas mensuales para estudios de formación profesional y estudios de licenciatura, y 100.000 pesetas para estudios de doctorado y estudios no reglados.

Un seguro de asistencia médica primaria no farmacéutico, en las condiciones que se recogen en la póliza suscrita por este Instituto con la Compañía Aresa, Seguros Generales, para enfermedades no contraídas con anterioridad al inicio de la beca.

Matrícula en cursos completos y en primera matrícula en centros oficiales, o privados especializados que determine la Agencia (ICMA, M y PD).

En casos excepcionales, y siempre que la disponibilidad presupuestaria lo permita, se pagará ayuda complementaria de estudios para los becarios de pregrado y doctorado, que no excederá de 200.000 pesetas.

Ayudas: La cuantía dependerá de la disponibilidad presupuestaria del ICMA, M y PD, no pudiendo ser superior a 200.000 pesetas.

II) Becas y ayudas de verano para ciudadanos árabes en España.

Se convocan las siguientes becas y ayudas:

Decimosexta. Ciento cuarenta y tres becas para el XLII Curso de Verano organizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores.

Solicitantes: Estudiantes de español en centros culturales, departamentos de español, y profesores de español.

Dotación: Residencia en régimen de pensión completa, en un Colegio Mayor Universitario, y una ayuda económica que no sobrepasará de 20.000 pesetas, dependiendo de la disponibilidad presupuestaria del ICMA, M y PD, gastos de matrícula y seguro médico de asistencia primaria no farmacéutico.

Duración: Mes de julio de 1995.

Documentación: Impreso de solicitud, que proporciona el ICMA, M y PD, certificado médico, fotocopia del pasaporte y certificación académica que refleje todos los cursos anteriores, con especificación de notas y tres fotografías tamaño carné.

Lugar de presentación: Organismos oficiales correspondientes del país árabe o representaciones diplomáticas de España.

Plazo de presentación: 17 de abril de 1995.

Decimoséptima. Ayudas de Investigación para investigar en España.

Solicitantes: Doctores profesionales de la docencia y/o de la investigación y licenciados que estén preparando sus tesis doctorales.

Dotación: 103.000 pesetas mensuales y seguro médico de asistencia primaria no farmacéutico. Cantidad que se cobrará al inicio de su investigación mensualmente. De ningún modo podrá cobrarse la mensualidad en fecha anterior a la indicada en la concesión de ayuda. Al finalizar su estancia, deberá presentar un certificado del centro donde haya trabajado, y un resumen de la labor realizada.

Duración: Un mes a elegir por el solicitante durante los meses de julio a diciembre. Excepcionalmente, podrán ser hasta dos meses siempre que así lo requiera el trabajo a realizar. No se admiten los cambios de fecha y si no viniese indicada en la solicitud la fecha para realizar el trabajo, quedará desestimada.

Documentación: Impreso de solicitud, currículum vitae, carta de aceptación del centro donde vayan a investigar, fotocopia del pasaporte, certificado médico y memoria del trabajo a realizar.

Lugar de presentación: Representaciones diplomáticas de España en países árabes.

Plazo: 17 de abril de 1995.

Los candidatos que hayan obtenido beca el curso 1993-94, no podrán concursar en esta convocatoria.

Decimoctava. Becas según Convenio de Cooperación Cultural Hispano-Egipcio.

Solicitantes: Profesores egipcio de Universidades estatales y de la Universidad de Al-Azhar.

Dotación: 103.000 pesetas mensuales que cobrarán al inicio de la investigación, y el resto con intervalos de un mes y seguro médico de asistencia primaria no farmacéutico.

Duración: De uno a tres meses durante los meses de julio, agosto y septiembre.

Documentación: Impreso de solicitud, currículum vitae, memoria de la labor a realizar, fotocopia del pasaporte y certificado médico.

Lugar de presentación: Organismos oficiales egipcios.

Plazo: 17 de abril de 1995.

Decimonovena. Cuarenta becas para profesores árabes de enseñanza media del español.

Solicitantes: Profesores de español de enseñanza media, de Escuelas Oficiales de Idiomas, Escuelas de Traductores o similares, siempre que sean estatales de los siguientes países: Argelia, Egipto, Líbano, Marruecos y Túnez.

Dotación: Matrícula gratuita, estancia y manutención, en una Residencia o Colegio Mayor Universitario, billete de ida y vuelta en avión, una cantidad en metálico que no excederá de 30.000 pesetas, y seguro médico de asistencia primaria no farmacéutico.

Duración: Del 24 de julio al 10 de agosto de 1995.

Lugar: Granada.

Documentación: Impreso de solicitud, fotocopia del pasaporte, acreditación de la condición de profesor de español de Enseñanza Media y certificado médico.

Los certificados médicos exigidos deberán hacer constar que los solicitantes poseen aptitud psico-física para cursar los estudios proyectados gozan de buena salud y no padecen enfermedades infecto-contagiosas ni tropicales.

Lugar de presentación: Organismos oficiales correspondientes del país árabe o representaciones diplomáticas españolas.

Plazo: 17 de abril de 1995.

III) Becas de curso para ciudadanos españoles en países árabes, según Convenio.

Vigésima. Becas para realizar estudios de Lengua árabe en los centros oficiales que establezca el país de recepción:

Tres becas para Jordania.

Diez becas para Egipto.

Cuatro becas para Siria.

Dos becas para Túnez.

Becas para estudios de Lengua árabe o investigación:

Cinco becas para Marruecos.

Vigésima primera. Requisitos de los participantes:

Ser ciudadano español.

Para las becas de Egipto, Marruecos y Túnez, ser licenciado con buen conocimiento de árabe. A las otras becas podrán optar tanto los licenciados, con buen conocimiento del árabe, como los ciudadanos en posesión del certificado de aptitud del ciclo superior del primer nivel de las enseñanzas especializadas de idiomas (Lengua árabe), de la Escuela Oficial de Idiomas.

En la selección de estos candidatos, tendrán preferencia aquellos que hayan finalizado sus estudios dentro de los tres últimos cursos académicos y no hayan disfrutado de beca con anterioridad.

Vigésima segunda. Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación (originales o fotocopias compulsadas o cotejadas por la Sección de Becas ICMA, M y PD-Países Arabes y Mediterráneo), con su traducción al árabe o al inglés (Egipto, Jordania y Siria) o al francés (Túnez y Marruecos).

Impreso de solicitud por duplicado.

Fotocopia del documento nacional de identidad.

Dos fotografías tamaño carné, con el nombre al dorso.

Certificado de estudios anteriores con especificación de notas.

Memoria del trabajo a realizar.

Certificado médico de poseer aptitud psico-física para cursar los estudios proyectados y no padecer enfermedad contagiosa (a excepción de ayudas de viaje y ayudas de investigación).

Acreditación del cumplimiento de las obligaciones fiscales y de la Seguridad Social referida a los doce meses anteriores a la solicitud. Esta misma documentación actualizada se presentará en caso de renovación o prórroga de la beca.

Para Marruecos, una vez que la solicitud estuviera preseleccionada, se deberá presentar la siguiente documentación:

Título de licenciatura (dos copias compulsadas).

Certificado de notas de todos los cursos que componen la licenciatura.

Seis fotografías.

Acta del nacimiento original más dos copias compulsadas.

Fotocopia compulsada del pasaporte (dos copias).

Solicitud manuscrita donde se precise los estudios a realizar y el lugar, con informe del Director de la investigación proyectada.

Todos los documentos deben ir traducidos al francés.

La Unidad de Becas del ICMA, M y PD-Países Arabes y Mediterráneo cotejará las fotocopias o copias de la documentación adicional de las solicitudes.

Vigésima tercera. Las solicitudes y documentación requerida para las becas deberán presentarse hasta el 17 de marzo de 1995 en el ICMA, M y PD (avenida Reyes Católicos, número 4, Madrid), o por cualquiera de los medios previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Vigésima cuarta. La duración de las becas será de doce meses, de octubre de 1995 a septiembre de 1996, con excepción de las becas de Túnez que finalizarán en julio de 1996, y las de Marruecos cuya duración va en función de los estudios a realizar. La duración de las becas de Jordania dependerá del curso que se haya realizado.

Estas becas son renovables por un curso académico, a excepción de Túnez. La renovación de las becas de Jordania, dependerá de las autoridades jordanas, en función del curso que se haya realizado. Las de Marruecos dependerán de los estudios a realizar. Las solicitudes de renovación deberán presentarse hasta el 17 de marzo en las correspondientes representaciones diplomáticas de España.

Vigésima quinta. Dotación:

Con cargo al ICMA, M y PD-Países Arabes y Mediterráneo:

En concepto de ayuda de viaje: 150.000 pesetas, para Jordania, Egipto y Siria.

En concepto de ayuda de viaje: 60.000 pesetas, para Túnez y Marruecos.

Un máximo de 40.000 pesetas mensuales, para gastos de alimentación en todos los países.

Con cargo a los distintos Gobiernos árabes:

Jordania: 40 dinares jordanos mensuales, 30 dinares al comienzo del curso para material, 30 dinares jordanos al comienzo del invierno, seguro médico y exención de tasas académicas.

Egipto: 180 libras egipcias mensuales, ayuda de llegada de 180 libras, enseñanza gratuita y seguro médico no farmacéutico.

Siria: 900 libras sirias mensuales, 600 libras para adquisición de libros, alojamiento en la Ciudad Universitaria por una cantidad de 25 libras sirias mensuales, asistencia médica gratuita y hospitalaria y exención de gastos de matrícula.

Túnez: 70 dinares mensuales, alojamiento en la residencia universitaria, acceso a los comedores universitarios, asistencia médica y hospitalaria y matrícula gratuita.

Marruecos: La dotación será alrededor de 1.400 dirhams, dependiendo de los estudios a realizar.

Las dotaciones de los Gobiernos árabes podrán sufrir alguna modificación que se notificará.

IV) Becas y ayudas de verano para ciudadanos españoles en el extranjero (de junio a septiembre)

Vigésima sexta. Becas de verano en países árabes:

Dos becas para Siria.

Cuarenta becas para Túnez.

Diez becas para Marruecos.

Cinco becas para Jordania.

Veinte becas para Egipto.

Ayudas de viaje para realizar cursos de lengua en países árabes.

Ayudas de investigación de corta duración sobre temas árabes, hispano-árabes o islámicos, en el extranjero.

Vigésima séptima. Requisitos de los participantes:

Tener nacionalidad española o de alguno de los países de la Unión Europea. (Los candidatos de países de la Unión Europea sólo podrán concursar a las ayudas y becas otorgadas unilateralmente: Becas para Siria verano y ayudas de viaje y de investigación.)

Ser licenciado en Filología Arabe, Filología Semítica o Arabe o Islam por Centros Universitarios, por las Escuelas Universitarias de Traductores e Intérpretes (especialidad Lengua árabe) o estar en posesión del certificado de aptitud del ciclo superior del primer nivel de las enseñanzas especializadas de idiomas (Lengua árabe), de la Escuela Oficial de Idiomas, para las becas de Siria y Jordania.

Ser licenciados y diplomados preferentemente, o estudiantes de cuarto y quinto curso, preferentemente de Filología Arabe, Filología Semítica, Arabe e Islam, Escuela Oficial de Idiomas (estar en posesión del certificado del ciclo elemental, especialidad Lengua árabe), y Escuela de Traductores e Intérpretes para las becas de Marruecos, Túnez y Egipto. Los licenciados y diplomados de otras áreas deberán acreditar tres años de estudios de árabe en un centro oficial.

En la selección de licenciados y diplomados, tendrán preferencia aquellos que hayan finalizado sus estudios dentro de los tres últimos cursos académicos.

Ser licenciados que estén preparando sus tesis doctorales, doctores o profesionales de la docencia o de la investigación para las ayudas de corta duración.

Para las ayudas de viaje:

Ser licenciado o estudiante de los últimos cursos (4.º y 5.º) de: Filología Arabe, Filología Semítica o Arabe e Islam o diplomados, Escuelas Universitarias de Traductores e Intérpretes (especialidad Lengua árabe), Escuela Oficial de Idiomas (en posesión del certificado de ciclo elemental Lengua árabe) y diplomados universitarios que estén estudiando la Lengua árabe en centros oficiales y que tengan realizados tres cursos de Lengua árabe.

Vigésima octava. Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación (originales o fotocopias cotejadas), con su correspondiente traducción al árabe o al inglés o francés:

Impreso de solicitud por duplicado, con excepción de Siria, ayudas de investigación y ayudas de viaje.

Fotocopia del documento nacional de identidad.

Dos fotografías tamaño carné.

Certificación de estudios anteriores con especificación de notas.

Memoria del trabajo a desarrollar y carta de aceptación de la biblioteca o centro extranjero donde se vaya a realizar el estudio para las ayudas de investigación.

Fotocopia de la carta enviada al centro solicitando la admisión o reserva de plaza para las ayudas de viaje.

Certificado médico de poseer aptitud psico-física para cursar los estudios proyectados y no padecer enfermedad contagiosa.

Acreditación de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social referida a los doce meses anteriores a la solicitud.

Para Marruecos, una vez que la solicitud estuviera preseleccionada, deberán aportar los siguientes documentos:

Título de Bachillerato (dos copias compulsadas).

Certificado con especificación de notas del último curso.

Seis fotografías.

Fotocopia compulsada del pasaporte (dos copias).

Acta de nacimiento original más dos copias compulsadas.

La compulsa de copias o fotocopias de la documentación adicional de las solicitudes, será hecha por la Unidad de Becas del ICMA.

Lugar de presentación: ICMA, M y PD (avenida Reyes Católicos, número 4, 28040 Madrid), o por cualquiera de los medios previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Plazo: 17 de marzo de 1995.

Vigésima novena: Dotación y duración:

Ayudas de investigación: 100.000 pesetas y seguro médico no farmacéutico para un mes, solamente durante los meses julio, agosto o septiembre.

Ayudas de viaje para realizar cursos de verano durante los meses de julio, agosto y septiembre: 60.000 pesetas, para países del Magreb, y 100.000 pesetas, para el resto de los países árabes.

Becas de verano:

Siria:

Con cargo al ICMA, M y PD: 150.000 pesetas, para ayuda de viaje, y 300.000 pesetas, como máximo, para el pago del alojamiento, manutención y de matrícula, y seguro médico no farmacéutico. Esta beca tendrá una duración aproximada de tres meses (principios de junio a mediados de septiembre).

Túnez:

Con cargo al ICMA, M y PD: 60.000 pesetas y seguro médico no farmacéutico. Con cargo al Instituto Bourguiba: Matrícula gratuita, alojamiento y una cantidad de dinares tunecinos para gastos de alimentación. Estas becas tendrán una duración aproximada de mes y medio (principios de julio a mediados de agosto).

Marruecos:

Con cargo al ICMA, M y PD: 60.000 pesetas y seguro médico no farmacéutico. Con cargo al Gobierno marroquí, la matrícula y una cantidad que está pendiente de determinar.

Jordania:

Con cargo al ICMA, M y PD: 150.000 pesetas y seguro médico no farmacéutico. Con cargo a la Universidad Jordana de Amman: Matrícula gratuita y alojamiento en una residencia femenina. Estas becas tendrán una duración aproximada de dos meses (finales de junio a finales de agosto).

Egipto:

Con cargo al ICMA, M y PD: 150.000 pesetas y seguro médico no farmacéutico. Con cargo al Gobierno egipcio: 180 libras egipcias mensuales y matrícula gratuita en la Escuela de Ormán. Estas becas tendrán una duración aproximada de dos meses (principios de julio a finales de agosto).

Las dotaciones con cargo a los Gobiernos árabes podrán sufrir algunas modificaciones que se notificarán.

Las dotaciones con cargo al ICMA, M y PD se abonarán en dos partes iguales: Una, al inicio de la beca, y, la otra, al finalizar los estudios, previa presentación de los informes y certificados pertinentes, en un plazo de treinta días posteriores a la fecha de finalización del curso. De no presentarse en la fecha indicada, y no habiendo causa justificada, la segunda parte de la beca o ayuda no será abonada. Solo la ayuda de residencia, manutención y pago de matrícula para Siria, se abonará la totalidad al inicio de la beca.

ANEXO B

Convocatoria general de becas y ayudas del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo (ICMA, M y PD) para el curso 1995-1996.

Condiciones generales destinadas a los países de Africa Occidental,

Central, Oriental, Austral, Asia y Oceanía

Primera.-En el ámbito de lo previsto en la Orden de 26 de marzo de 1992, el concurso del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo, tiene por objeto la adjudicación de becas y ayudas con cargo a las aplicaciones presupuestarias 12.103.134 A.481 y 12.103.134 A.791, siempre que exista crédito para los años 1995 y 1996, para realizar estudios de formación profesional (segundo grado), universitarios, especialización e investigación, curso académico 1995/1996, sobre proyectos de interés para el país de origen del becario y la cooperación española, con arreglo a las condiciones generales y a las específicas de cada modalidad, bajo la denominación de:

I) Becas para extranjeros en España.

II) Becas para extranjeros para cursos de verano 1995 en España.

III) Ayudas para españoles que realicen estudios en China e India.

IV) Becas para postgrado de gestión conjunta ICMA, M y PD y Universidad de Valladolid.

Segunda.-Las unidades receptoras de las solicitudes podrán llevar a cabo, con la supervisión de la Embajada de España, una preselección de solicitudes, de acuerdo con las directrices marcadas por la Agencia. Se levantará acta de las actuaciones efectuadas, que será remitida, junto con las solicitudes, al ICMA, M y PD.

La evaluación de las solicitudes se efectuará por una Comisión Evaluadora, formada por el Director general del ICMA, M y PD y cuatro vocales a designar por la Presidenta de la Agencia, conforme a lo dispuesto en el apartado 4.º de la Orden de referencia, la cual, actuará según los siguientes criterios:

a) Estudios que responden a las necesidades prioritarias del país de origen.

b) Estudios que se derivan de los sectores de mayor interés fijados por la cooperación española.

c) Nivel de español del solicitante.

d) Posibilidad de llevar a cabo tales estudios en España, en cuanto a existencia de los mismos y capacidad de los centros.

e) Expediente académico del solicitante.

La Comisión evaluadora formulará las propuestas de resolución de concesión o prórroga de las becas, en un período de tres meses, contados a partir del término del plazo para presentar las solicitudes. La Presidencia de la AECI dictará resolución en el mes siguiente al plazo de la Comisión evaluadora, que se hará pública en los tablones de anuncios de la AECI, del Colegio Mayor Universitario «Nuestra Señora de Africa» y de las representaciones diplomáticas donde los solicitantes presentaron la documentación.

Contra la resolución de la Presidencia de la AECI, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso administrativo ordinario en el plazo de un mes, a partir de la fecha de publicidad de la resolución ante el señor Ministro de Asuntos Exteriores, conforme a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La información, tramitación de expedientes y demás gestiones a cargo del ICMA, M y PD/Países de Africa Occidental, Central, Oriental, Austral, Asia y Oceanía (Colegio Mayor Universitario «Nuestra Señora de Africa»).

Tercera.-Los beneficiarios de las becas y ayudas están obligados a:

a) Presentarse en el Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo, en la fecha notificada.

b) Seguir la formación para la cual se le concedió la beca.

c) No cambiar de centro de formación sin el acuerdo previo del ICMA, M y PD.

d) No aceptar ninguna otra beca. La concesión de una beca a un candidato que ya sea titular de otra será considerada nula y sin efecto, y las ayudas o becas indebidamente percibidas deberán restituirse.

e) No ejercer actividades lucrativas durante el período de vigencia de la beca.

f) Mantener un comportamiento que no implique un perjuicio para el Estado español.

g) Facilitar toda información útil que solicite el ICMA, M y PD, especialmente:

Domicilio particular y sus cambios.

Documentación académica.

h) Permanecer en territorio español durante el período de concesión de la beca, comunicando al ICMA, M y PD cualquier circunstancia excepcional e imprevisible que pudiera justificar una salida temporal, el período de ausencia, la incidencia en el estudio correspondiente y en la continuidad de la ayuda pública, resolviendo lo que proceda el órgano competente, al que se habrá de comunicar, en su caso, la fecha de regreso al territorio nacional.

i) Regresar al país de origen al término del período de formación, o en caso de revocación de la beca, salvo adquisición de título legítimo que autorice la estancia.

j) Aceptar el control y supervisión ejercido por el ICMA, M y PD.

k) En caso de discrepancias sobre las condiciones de la beca, prevalecerá el criterio del ICMA, M y PD.

Cualquier incumplimiento de las obligaciones señaladas podrá implicar la revocación de la beca.

Cuarta.-Los concursantes, por el hecho de serlo, se entiende que aceptan en todos sus términos las presentes bases, así como el fallo de la Comisión evaluadora y la resolución de la Presidencia de la AECI.

I) Becas para extranjeros en España.

Primero.-Podrán optar a este programa de becas, los nacionales de los países de Africa Occidental, Central, Oriental, Austral, Asia y Oceanía.

Segundo.-Son requisitos indispensables para participar en el concurso: Tener nacionalidad de un país de los que contempla el apartado anterior; estar en posesión de la titulación académica que requiere la legislación española para cursar el nivel elegido según el apartado primero, y acreditar conocimientos de español. Cuando el becario no posea el nivel suficiente, se podrá autorizar sólo el primer año para su perfeccionamiento.

No podrán concursar las personas que han obtenido una beca de este organismo, antes de que haya transcurrido un plazo mínimo de dos años, desde la finalización o revocación de dicha beca.

Con carácter muy excepcional, se podrán autorizar becas y ayudas para estudios de enseñanza secundaria o de otro tipo, ya sean de gestión centralizada en la AECI o de gestión descentralizada en el exterior.

La concesión de una beca por este organismo es incompatible con cualquier otra ayuda, ya sea de otras entidades públicas o privadas.

Tercero.-Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación, traducida al español y legalizada por vía diplomática. Las solicitudes incompletas serán desestimadas. Dicha documentación no será devuelta, por lo que no se adjuntarán documentos originales o irrepetibles.

Impreso oficial de solicitud de beca debidamente cumplimentado.

Certificación acreditativa de su nacionalidad.

Copia compulsada del título académico.

Certificación académica de los estudios realizados por el solicitante, en la que consten la duración de los mismos en años académicos, asignaturas cursadas, y calificaciones obtenidas.

Dos fotografías.

Certificado médico de poseer aptitud psico-física para cursar los estudios proyectados, y no padecer enfermedad infecto-contagiosa ni tropical, extendido en un plazo anterior no superior a tres meses.

Cuando se trate de investigación o ampliación de estudios, memoria del proyecto y carta de aceptación del centro.

Cuarto.-Las solicitudes y documentación requerida, deberán presentarse hasta el 30 de abril de 1995 en:

Representación diplomática española en el país del solicitante.

Departamento de Tutoría de Becas, ubicado en el Colegio Mayor «Nuestra Señora de Africa», avenida Ramiro de Maeztu, sin número, 28040 Madrid. Teléfono: 554 30 73.

Agencia Española de Cooperación Internacional, avenida de los Reyes Católicos, número 4, 28040 Madrid. Teléfono: 583 81 00.

Registros de los organismos administrativos relacionados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto.-La beca se concede por el período que dure la formación en el presente curso académico, prorrogable de acuerdo con lo establecido en el punto séptimo de esta convocatoria.

Sexto.-La beca comprende:

a) Una dotación mensual de acuerdo con los estudios a realizar.

Formación profesional, estudios universitarios hasta el grado de Licenciatura incluido: 90.000 pesetas.

Postgrado, especialización, investigación y estudios no reglados: 100.000 pesetas. Esta cuantía tendrá la retención fiscal correspondiente.

b) Seguro de asistencia sanitaria, del cual están excluidos los familiares. El seguro no cubre gastos farmacéuticos.

c) Ayuda de viaje para los nacionales de los países con los que existan compromisos bilaterales, al comienzo y final de la formación en las condiciones previstas por dichos compromisos.

d) Ayuda de matrícula cuando el proyecto de estudios así lo requiera y lo estime oportuno la Comisión evaluadora.

e) Excepcionalmente, se concederán mensualidades de beca distintas, de acuerdo con los estudios y el criterio de la Comisión evaluadora.

Debido al carácter individual de la beca, el ICMA, M y PD no asume ningún gasto ocasionado por las personas que, eventualmente, estén a cargo del becario.

El pago mensual de la beca se realizará mediante transferencia bancaria. Unicamente se pagará por cheque las primeras mensualidades, hasta que el becario posea la Tarjeta de Estudiante, expedida por el Ministerio de Justicia e Interior. Cuando el becario incumpla la normativa de pago establecida por la AECI, perderá la mensualidad correspondiente. En caso de reincidencia será motivo de revocación de la beca.

Séptimo.-Los becarios que realicen estudios, cuya duración sea superior a un curso académico, podrán solicitar la renovación de la beca, presentando la siguiente documentación en el Departamento de Becas del Colegio Mayor Universitario «Nuestra Señora de Africa», hasta el día 30 de abril de 1995:

a) Impreso oficial de solicitud de renovación de beca debidamente cumplimentado.

b) Una fotografía.

c) Fotocopia de la Tarjeta de Estudiante expedida por el Ministerio de Justicia e Interior.

d) Fotocopia del pasaporte en vigor.

e) Certificación académica original expedida por el Jefe de Secretaría del centro de estudios, en la que consten las asignaturas cursadas, calificación, año académico y convocatoria. Deberá presentarse una certificación correspondiente a la convocatoria de junio de 1995, antes del 31 de julio de 1995, y, en su caso, otra que incluya las calificaciones obtenidas en la convocatoria de septiembre de 1995, antes del 31 de octubre de 1995.

El criterio de la Comisión evaluadora, respecto a la renovación de la beca, estará basado en el rendimiento académico.

Concluido el ciclo académico, el ICMA, M y PD, no concederá la renovación de la beca para cursar otro distinto.

II) Becas para extranjeros para cursos de verano 1995 en España.

Primero.-Se convocan 30 plazas para realizar el Curso de Lengua y Cultura Española en la Escuela de Verano Española de Madrid, del 1 al 31 de julio de 1995. 30 plazas para el Curso de Didáctica del Español para profesores extranjeros de Español de Enseñanza Media, que tendrá lugar en la Universidad de Valladolid, del 5 al 22 de septiembre de 1995.

Segundo.-Podrán optar los estudiantes universitarios de Español y profesores extranjeros de Español de Enseñanza Media de los países de Africa Occidental, Central, Oriental, Austral, Asia y Oceanía.

Tercero.-La beca comprende:

a) Una mensualidad de 20.000 pesetas para el curso de Lengua y Cultura Española y 30.000 pesetas para el curso de Didáctica del Español, a deducir la retención fiscal correspondiente.

b) Viaje de ida y vuelta (capital del país de origen-Madrid-capital del país de origen). Para el curso de Didáctica, se incluirá el traslado a Valladolid.

c) Alojamiento en residencia universitaria.

d) Seguro médico de asistencia sanitaria en las mismas condiciones mencionadas en el punto I), sexto, b).

e) Gastos de matrícula.

Cuarto.-Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:

a) Impreso oficial de solicitud de beca debidamente cumplimentado.

b) Certificado de nacionalidad.

c) Certificación académica de los estudios realizados o en vías de realización. En su caso, acreditación de la condición de profesor de Español de Enseñanza Media.

d) Certificado médico de poseer aptitud psico-física para cursar los estudios proyectados, y no padecer enfermedad infecto-contagiosa ni tropical, expedido en un plazo anterior no superior a tres meses.

Quinto.-Las solicitudes deberán presentarse en las representaciones diplomáticas de España en el país del solicitante, hasta el 30 de abril de 1995.

III) Ayudas para españoles que realicen estudios en China e India.

China:

1. Se convocan 12 becas preferentemente para licenciados o doctores en general y diplomados en Traducción e Interpretación, con dominio del inglés y/o chino, para llevar a cabo en la República Popular China estudios de postgrado, especialización e investigación, durante el curso académico 1995/1996.

2. La beca podrá ser prorrogada hasta un máximo de tres años.

3. Se concederá sólo el primer año para el perfeccionamiento del chino.

4. La beca comprende:

a) Entre 225 y 295 yuanes mensuales, según la titulación.

b) Complemento de 40.000 pesetas mensuales, a deducir la retención fiscal correspondiente.

c) Ayuda de viaje de 125.000 pesetas al comienzo y final de la formación.

d) Matrícula en el centro de estudios correspondiente.

e) Asistencia sanitaria.

f) Material docente.

g) Alojamiento.

5. Se convocan dos becas en las mismas condiciones, para licenciados que reúnan un perfil especializado en el campo de las relaciones internacionales.

India:

1. Se convocan seis becas preferentemente para licenciados o doctores con dominio de inglés y/o hindi, para realizar estudios de postgrado, especialidad o investigación en la República de la India, durante el curso académico 1995/96.

2. Los candidatos preseleccionados por el ICMA, M y PD deberán someterse a una prueba de idioma en la Embajada de la República de la India en Madrid.

3. La beca podrá ser prorrogada para un segundo curso.

4. La beca comprende:

a) 900 rupias mensuales.

b) Complemento de 40.000 pesetas mensuales, a deducir la retención fiscal correspondiente.

c) Ayuda de viaje de 125.000 pesetas al comienzo y final

de la formación.

d) Matrícula en el centro de estudios correspondiente.

e) Asistencia sanitaria.

f) Transporte de viajes de estudios aceptados previamente por las autoridades competentes.

g) Ayuda para libros entre 450 y 750 rupias anuales.

h) El alojamiento correrá por cuenta del becario; puesto que las plazas en las residencias universitarias son limitadas, no es posible garantizar el alojamiento en ellas a todos los becarios.

Condiciones generales de las ayudas

1. El solicitante deberá presentar la siguiente documentación por duplicado:

a) Impreso de solicitud.

b) Fotocopia del documento nacional de identidad/número de identificación fiscal.

c) Certificado de estudios con calificaciones y fotocopia del título y/o diplomas.

d) Currículum vitae.

e) Anteproyecto de los estudios.

f) Dos cartas de presentación de profesores.

g) Certificado de los idiomas inglés, chino, o hindi, según el país solicitado.

h) Aceptación de un centro. Cuando se solicite China, el centro deberá estar adscrito a la Comisión Estatal de Educación.

i) Acreditación de estar al corriente de las obligaciones fiscales y de Seguridad Social (último ejercicio).

Toda la documentación deberá ir acompañada de su correspondiente traducción al inglés. Se advierte a los solicitantes que la documentación presentada no será devuelta, por lo que no deberán adjuntar documentos originales.

Los candidatos preseleccionados habrán de cumplimentar y aportar posteriormente aquella otra documentación que pueda serles requerida.

Toda solicitud que se presente sin la documentación completa será desestimada.

2. Las solicitudes, acompañadas de la documentación requerida, deberán presentarse hasta el 31 de marzo de 1995 en:

Departamento de Becas y Ayudas, ubicado en el Colegio Mayor Universitario «Nuestra Señora de Africa» (teléfono 554 30 73, avenida Ramiro de Maeztu, sin número, 28040 Madrid).

Embajadas, Consulados y Oficinas Técnicas de Cooperación de España.

Registros de los organismos administrativos relacionados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. Los becarios que necesiten continuar los estudios podrán optar a la prórroga de la beca, presentando antes del 31 de marzo de 1995 en la Embajada de España en Pekín o en Nueva Delhi, una memoria del trabajo realizado y un plan del proyecto a realizar en el curso siguiente.

4. La Comisión evaluadora del ICMA, M y PD valorará las solicitudes y formulará la correspondiente propuesta de resolución de concesión o prórroga de las ayudas durante el período de veinte días desde el término del plazo para presentar solicitudes, que será expuesta en el tablón de anuncios de la AECI y del Colegio Mayor Universitario «Nuestra Señora Africa». A la vista de la propuesta, la Presidencia de la AECI dictará resolución, previa aceptación de las autoridades del país. Contra citada resolución se podrá interponer recurso administrativo o contencioso-administrativo.

5. Los candidatos preseleccionados habrán de cumplimentar, posteriormente, el impreso oficial de los Gobiernos chino e indio y aportar aquella documentación que pueda serles requerida.

IV) Becas para postgrado de gestión conjunta ICMA, M y PD y la Universidad de Valladolid, curso 1995/96.

Primero. Se convocan cuatro becas de postgrado y cinco de doctorado para nacionales de los países de Africa Occidental, Central, Oriental, Austral, Asia y Oceanía.

Segundo. La beca se concede por el período que dure el curso de postgrado o doctorado. Cuando los estudios consten demás de un curso académico, la renovación de la beca dependerá del rendimiento académico e informe del tutor.

Tercero. La Universidad de Valladolid cubrirá los gastos de matrícula, alojamiento en residencia universitaria y gastos de manutención por un importe de 30.000 pesetas, mensuales. El ICMA, M y PD abonará un complemento mensual de beca de 40.000 pesetas, a deducir la rentención fiscal correspondiente y un seguro de asistencia sanitaria.

Cuarto. Las solicitudes deberán presentarse en la Universidad de Valladolid (Vicerrectorado de Relaciones Internacionales, plaza de Santa Cruz, 8, 47002 Valladolid), antes del 30 de abril de 1995, adjuntando la siguiente documentación:

a) Impreso de solicitud de la Universidad de Valladolid.

b) Certificado de nacionalidad.

c) Título de licenciado o equivalente.

d) Certificación académica de asignaturas.

e) Acreditación de conocimientos de español.

f) Una fotografía.

g) Certificado médico extendió en un plazo anterior no superior a tres meses.

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