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Documento BOE-A-1995-528

Resolución de 30 de noviembre de 1994, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el recurso contencioso-administrativo número 01/2103/93, interpuesto por doña Pilar Tenreiro Bernárdez y doña Rosa María Botana Casal.

Publicado en:
«BOE» núm. 5, de 6 de enero de 1995, páginas 684 a 684 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-528

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha dictado sentencia con fecha 29 de julio de 1994, en el recurso contencioso-administrativo número 01/2103/94, interpuesto por doña Pilar Tenreiro Bernárdez y doña Rosa María Botana Casal, al amparo de la Ley 62/1978, contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Tributaria de 18 de noviembre de 1993, sobre equiparación de retribuciones y nivel con los Subinspectores Adscritos A, nivel 22.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos los recursos contencioso-administrativos acumulados interpuestos por el trámite de la Ley 62/1978, de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona por doña Pilar Tenreiro Bernárdez y doña Rosa María Botana, contra Resolución del Director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 18 de noviembre de 1993, sobre retribuciones de las recurrentes como Subinspectores Adscritos B y declaramos la nulidad de tales resoluciones por violación del derecho constitucional a la igualdad, así como el derecho de las recurrentes a la asignación del nivel 22 de complemento de destino durante el período de 1 de junio de 1987 hasta 28 de septiembre de 1989, la primera, y hasta 1 de mayo de 1992, la segunda, por el desempeño de puestos de Subinspector Adscrito B en la Delegación de La Coruña, con la consiguiente retribución de tal complemento y del específico y productividad mensual, en las mismas condiciones y cuantía que los Subinspectores Adscritos A; con imposición de las costas a la Administración.»

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Madrid, 30 de noviembre de 1994.-La Directora general, Juana María Lázaro Ruiz.

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