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Documento BOE-A-1995-5165

Orden de 2 de febrero de 1995 por la que se autoriza la ampliación de dos unidades de Educación Infantil, segundo ciclo, al centro privado Cristo Rey y San Rafael, de Talarrubias (Badajoz).

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 28 de febrero de 1995, páginas 6812 a 6813 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-5165

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por doña María Josefa Rey Torres, representante de la titularidad del centro privado de Educación Infantil Cristo Rey y San Rafael, domiciliado en la calle Colón, número 19, de Talarrubias (Badajoz), sobre ampliación de dos unidades de Educación Infantil, segundo ciclo que, unidas a la unidad anteriormente autorizada, según Orden de 17 de septiembre de 1992, daría lugar a un centro de tres unidades de Educación Infantil de segundo ciclo,

Este Ministerio, de conformidad con el artículo 14.1 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 9), ha resuelto:

Autorizar al centro de Educación Infantil Cristo Rey y San Rafael, domiciliado en la calle Colón, número 19, de Talarrubias (Badajoz), la ampliación de dos unidades de Educación Infantil, segundo ciclo, con 50 puestos escolares, que unidos a los 38 ya autorizados, dan una capacidad para el centro de 88 puestos escolares y tres unidades.

Lo anterior se entiende sin perjuicio de la obligación del centro de adaptarse, en los plazos previstos por el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado por el Real Decreto 1487/1994, de 1 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 28), a la relación máxima profesor/alumnos por unidad establecida como requisito mínimo en la normativa al respecto. El centro deberá cumplir la Norma Básica de la Edificación NBE CPI/91, de Condiciones de Protección Contra Incendios en los Edificios, aprobada por el Real Decreto 279/1991, de 1 de marzo.

Contra la presente Orden, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que le comunico para su conocimiento.

Madrid, 2 de febrero de 1995.-P. D. (Orden de 2 de marzo de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 4), la Directora general de Centros Escolares, Carmen Maestro Martín.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Régimen Jurídico de los Centros.

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