El Real Decreto 407/1988, de 22 de abril, crea la Orden Civil de la Solidaridad Social, en favor de personas o entidades que se hayan distinguido de modo extraordinario en la promoción o desarrollo de actividades y servicios relacionados con la acción y bienestar social.
El Delegado del Gobierno en Melilla propone la concesión del ingreso en la Orden Civil de la Solidaridad Social a don Miguel Moralejo Hernández, por su continuada y desinteresada labor de promoción y desarrollo de actividades y servicios en favor de la integración social de personas en situación de especial dificultad, como el acogimiento de mujeres solas con responsabilidades familiares y menores sometidos a medidas tutelares alternativas al internamiento, y la rehabilitación y reinserción de personas drogodependientes, todo ello sin distinción de origen, raza, ideología o religión.
Examinada la propuesta y el informe favorable de la Directora general de Acción Social, y de conformidad con lo establecido en el artículo 3.2 del Real Decreto anteriormente citado, dispongo:
Se concede la Cruz de Oro de la Orden Civil de la Solidaridad Social a don Miguel Moralejo Hernández, por haberse distinguido de modo extraordinario en la promoción y desarrollo de actividades y servicios dirigidos a lograr la plena participación e inserción de personas y colectivos en situación de dificultad social, sin distinción de origen, raza, ideología o religión.
Madrid, 3 de febrero de 1995.
ALBERDI ALONSO
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