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Documento BOE-A-1995-4905

Resolución de 2 de febrero de 1995, del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado, por la que se convoca el Premio Literario «Cincuenta años en la Historia de la Quiniela».

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 1995, páginas 6530 a 6530 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-4905

TEXTO ORIGINAL

Con motivo del cincuentenario de la La Quiniela de fútbol, el Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado, convoca un premio literario sobre La Quiniela, con arreglo a las siguientes bases:

Tema.-Se centrará en torno a La Quiniela en España, con un enfoque libre, pudiendo por tanto contemplarse aspectos y cualidades desde ángulos diversos: Económicos, sociales, deportivos, y/o humanos.

Participantes.-Podrán participar todas las obras que traten sobre el tema indicado en el epígrafe anterior, recibidas en este Organismo antes del 31 de enero de 1996. Las obras deberán tener una extensión mima de 50 folios mecanografiados a doble espacio y por una sola cara. Los trabajos irán firmados con el nombre y apellidos del autor, o bien con seudónimo, así como un sobre cerrado con los datos personales.

Premios.-Se convocan dos premios:

Un primer premio dotado con 3.000.000 de pesetas.

Un segundo premio dotado con 2.000.000 de pesetas.

Envíos.-Area de Comunicación y Relaciones con la prensa.

Dirección general del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado. Calle Guzmán el Bueno, 137. 28003 Madrid.

En el sobre deberá constar «Para el Premio Literario del cincuentenario de La Quiniela de Fútbol».

Jurado.-El jurado para la adjudicación de estos premios será nombrado por la Directora general del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado. Lo constituirán personalidades escogidas por sus conocimientos en la materia objeto de los premios.

El veredicto del Jurado se hará público en un acto que tendrá lugar en el transcurso del mes de junio de 1996.

Las decisiones del jurado serán inapelables y el premio o premios que éste considere oportuno podrán ser declarados desiertos.

El premio será indivisible. En caso de empate, el Presidente dispondrá de voto de calidad.

Los trabajos no seleccionados podrán ser retirados por sus autores. La Dirección General del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado, por otra parte, se reservará los derechos de publicación de los trabajos ganador y finalista de estos premios.

El mero hecho de participar en este premio equivale a la total aceptación de las presentes bases.

Pago de premios.-Los premios serán abonados a las personas que figuren como participantes en el concurso. Si alguno de los trabajos premiados hubiese sido presentado por varias personas, el importe del premio se distribuirá a partes iguales entre ellas, salvo que en el escrito de presentación de los trabajos, los interesados indiquen otra forma de reparto.

Madrid, 2 de febrero de 1995.-La Directora general, Purificación Esteso Ruiz.

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