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Documento BOE-A-1995-4806

Resolución de 26 de diciembre de 1994, de la Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por la que se acuerda tener por incoado expediente de declaración de bien de interés cultural como monumento a favor de los restos del Convento de San Antonio el Real, en Salamanca.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 23 de febrero de 1995, páginas 6360 a 6360 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-1995-4806

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por el Servicio de Conservación, esta Dirección General, en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero; Real Decreto 3019/1983, de 21 de septiembre; Decreto 122/1983, de 15 de diciembre, y de conformidad con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, que desarrolla parcialmente la Ley del Patrimonio Histórico Español.

ACUERDA

Primero.-Tener por incoado expediente de declaración de bien de interés cultural como monumento a favor de los restos del Convento de San Antonio el Real, en Salamanca, según la descripción y delimitación que se publica como anexo a la presente Resolución y que figura en el plano unido al expediente.

Segundo.-Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación vigente.

Tercero.-Hacer saber al Ayuntamiento de Salamanca, que según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, todas las obras que haya que realizar en el inmueble que se pretende declarar, o en su propio entorno, no podrán llevarse a cabo sin la aprobación previa del proyecto correspondiente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, o si es el caso, por la Dirección General.

Cuarto.-Que la presente Resolución se publique en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y en el «Boletín Oficial del Estado», y se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.

Valladolid, 26 de diciembre de 1994.-El Director general de Patrimonio y Promoción Cultural, Carlos de la Casa Martínez.

ANEXO

Resto del Convento de San Antonio el Real (Salamanca)

Descripción:

Convento de Franciscanos, situado dentro del casco urbano de Salamanca; sus restos están englobados en edificaciones, principalmente en el Teatro del Liceo, que debe ocupar el solar del Claustro, y en el Banco Central, situado bajo el crucero de la iglesia, por lo que su observación es imposible, a excepción de la cúpula de la iglesia, visible desde la calle de los Caleros.

Fue construido en 1745 por Fr. Francisco de la Visitación, miembro de la Orden.

La iglesia, que no llegó a concluirse, era de mampostería y sillería en las esquinas, planta de cruz latina, con capillas laterales, y otra, adosada a la cabecera, llamada de los Dolores.

Se cubría con bóveda de cañón con lunetos, decorada con yeserías de entrelazo y formas geométricas, y cúpula sobre pechinas rasgadas con ventanas, lo que la convierte en un tipo original y único dentro del Barroco español.

Al exterior presenta tambor ochavado, con paramentos de mampostería enfoscados, con reforzado de sillería en esquinazos y cornisa.

En los lienzos correspondientes a las esquinas del crucero se alzan buhardillas, que protegen los vanos abiertos en las pechinas.

El octavo se cubre con teja árabe, sobre armadura de madera, rematándose el conjunto con una linternilla.

El cláustro fue construido unos años más tarde por Gerónimo García de Quiñones; las restantes dependencias conventuales han desaparecido totalmente, y en su lugar se han alzado otras edificaciones.

Delimitación del entorno de protección:

La peculiaridad de la situación de los restos en el interior de una manzana en renovación, la ausencia de fachadas exteriores, la macla de edificios que lo rodea y la ausencia de perspectivas, no aconsejan extender el límite del entorno de protección más allá de los restos existentes. Por lo que el entorno queda fijado por los frentes de la fincas y calles que lindan con la línea poligonal delimitada por los restos, según consta en el plano que figura en el expediente.

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